El Centro de Bioética persona y familia publicó este lunes un Análisis de las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de México en torno al aborto y la objeción de conciencia, en el que se afirma que los fallos del alto tribunal afectan directamente a la familia e ignoran la voluntad del pueblo que en su mayoría es provida.
Las sentencias de la SCJN "interfieren de manera directa en la familia y lo que ella significa, dándole prioridad total a la mujer como figura única, por sobre los derechos del padre y del derecho a la vida del niño por nacer. Por último, no haciendo lugar a la opinión del pueblo mexicano que en su mayoría no está de acuerdo", explica Facundo Martínez Oliver, especialista del Centro de Bioética.
Martínez explica que en los hechos, las sentencias de la Suprema Corte significan "un impulso a esta práctica (aborto). Ello se hace sobre la base de invocar una pretendida lucha a favor de la autonomía de la mujer, el respeto por el género y la libertad individual femenina".
La primera de las sentencias analizadas es la del 7 de septiembre de 2021, cuando los 10 ministros presentes en la sesión, de un total de 11, votaron a favor de declarar inconstitucionales fragmentos del Código Penal del estado de Coahuila que penalizaban el aborto y señalaban sanciones para los profesionales de la salud que lo asistan.
La segunda sentencia es del 9 de septiembre, cuando los mismos 10 ministros de la SCJN declararon inconstitucional que la Constitución estatal de Sinaloa proteja la vida desde el momento de la concepción.
Martínez cita luego siete antecedentes en la Suprema Corte. Cinco corresponden a revertir el blindaje a la vida desde la concepción en los estados de Baja California, San Luis Potosí, Oaxaca, Guanajuato y Querétaro; resueltas entre 2011 y 2013; mientras que otras dos se refieren al aborto y se dieron en 2018 y 2019.