El Tribunal Supremo de España anuló el 28 de julio el despido de una profesora de Religión, a quien el Arzobispado de Valladolid, retiró la declaración eclesiástica de idoneidad porque "su vida no era acorde con los postulados de vida cristiana".
La profesora de Religión se casó por la Iglesia, tuvo dos hijas por fecundación in vitro. Posteriormente se casó una segunda vez por lo civil sin haber solicitado la nulidad del primer matrimonio. En el momento del despido, la profesora convivía con una tercera pareja, divorciado y con tres hijos.
En el año 2018 varios padres de alumnos del colegio en donde enseñaba la profesora mostraron su malestar al Arzobispo ante la forma de vida de la docente.
La Delegada de Enseñanza del Arzobispado de Valladolid indicó a la profesora la irregularidad de su situación y le animó a solicitar la nulidad del matrimonio canónico y regularizar su situación marital para continuar con la idoneidad necesaria para impartir la asignatura de Religión.
Sin embargo la profesora no realizó ningún trámite para regularizar su situación, y por eso el Arzobispado de Valladolid retiró la declaración eclesiástica de idoneidad y la "missio canonica", necesarios para impartir la asignatura de Religión, porque su vida "no era acorde con los postulados de vida cristiana". La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León prescindió de sus servicios.
Sin embargo, Tribunal Supremo anunció el pasado 28 de julio que el despido es nulo y que por lo tanto la Consejería de Educación tendrá que readmitirla en su puesto de trabajo como profesora de Religión porque consideran que "se vulneraron los derechos fundamentales de la trabajadora". También obliga a abonarle el salario que dejó de percibir tras su despido.