13 de diciembre de 2024 Donar
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Elecciones en México: ¿Qué puede y qué no puede hacer un sacerdote?

Imagen referencial. Crédito: ACI Prensa.

En medio de la campaña previa a las elecciones en México este 6 de junio, la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) publicó listas de lo que pueden y lo que no pueden los sacerdotes.

A través de sus historias de la red social Instagram, la CEM señaló que los sacerdotes pueden "hablar y publicar sobre la importancia de la participación ciudadana", así como "hablar y publicar sobre el ejercicio del voto libre, secreto, informado y responsable".

Los sacerdotes también pueden "promover los derechos humanos a la libertad religiosa y libertad de conciencia". Además, tienen la facultad de "exponer la doctrina cristiana en términos generales sobre temas variados como la vida, la familia, el matrimonio, los derechos humanos, ética pública, entre otros".

Un último punto en la lista de acciones que puede realizar el clero mexicano, dijo la CEM, es "atender espiritualmente en un foro personal y privado a algún candidato a un puesto de elección popular".

El 6 de junio de este año, los mexicanos votarán por 500 diputaciones federales y más de 20 mil cargos locales, como gobernadores, diputados locales y alcaldes, en lo que el Instituto Nacional Electoral ha calificado como la elección "más grande en la historia de México".

Por otro lado, los obispos mexicanos advirtieron que los sacerdotes no deben "promover, recomendar, sugerir o apoyar públicamente a ningún candidato o partido político".

Tampoco pueden "criticar o atacar en actos de culto a ningún candidato o partido político que esté contendiendo cargo de elección popular".

Los sacerdotes no deben "distribuir ni permitir la distribución dentro de los templos o sus lugares adyacentes, de ningún tipo de material con propaganda electoral", ni tampoco "permitir que los fieles laicos utilicen los lugares y los actos de culto público para realizar propaganda electoral".

La CEM señaló que en caso de ser entrevistados, los sacerdotes deben "omitir aquellas respuestas a preguntas que se refieran sobre algún proceso electoral cuando impliquen como consecuencia la opinión o propaganda a favor o en contra de algún candidato o partido político".

Tampoco pueden "sostener reuniones en lugares o actos de culto con candidatos en período electoral ni tener encuentros sociales en lugares públicos con ellos".

Finalmente, los obispos mexicanos subrayaron que el clero no puede "permitir la realización de reuniones con fines políticos o partidistas dentro de los templos".

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