"Podía pasar, que una ley de aborto incluya la objeción de conciencia, pero lo haga de manera restrictiva y acotada, como lo hace la recientemente sancionada. En tal caso, el objetor podrá objetar aún la misma ley que reconoce el derecho fundamental a la objeción de conciencia", destacó la especialista.
Las declaraciones de Mancino recuerdan las palabras del jurista Siro de Martini en su trabajo "El médico frente al aborto", publicado por las facultades de derecho y de ciencias médicas de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA)
"Una primera e inmediata respuesta surge del sentido común y del significado mismo de las cosas (de los cuales no puede desentenderse nunca el derecho): el aborto es un crimen ya que su objeto es matar a un niño que se sabe inocente e indefenso", indica el experto.
"Ninguna circunstancia por la que atraviese la madre modifica la especie moral y jurídica del aborto. Nadie puede matar a un ser humano inocente e indefenso. Nadie puede, por tanto, ordenar o exigir que otra persona mate a un ser humano inocente e indefenso. En consecuencia, cualquier orden, norma, exigencia, sugerencia que alguien haga en ese sentido, es ilícita", subraya.
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Para colaborar con los médicos objetores, PRODECI ofrece "un modelo de manifestación de objeción de conciencia, para presentar en nosocomios públicos nacionales, provinciales o municipales. La institución debe firmar, sellar y fechar un duplicado, como constancia de recepción".
Asimismo precisa que un médico objetor debe buscar asesoría de "un abogado antes de actuar".
Para acceder y descargar el modelo de manifestación de objeción de conciencia, ingrese AQUÍ.
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