Una jueza en la provincia de Chaco (Argentina) ordenó suspender la aplicación de la ley del aborto, vigente en el país desde el domingo 24 de enero.
La jueza a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 19 de Resistencia, Marta Aucar de Trotti, acogió una medida cautelar contra la Ley 27.610 –ley del aborto– presentada por Hilda Dellamea, Cristina Chemes, Clelia Ávila, Gabriela Monzón y Claudia Medina el 28 de enero.
Argentina se rige por un sistema federal. Por ello, además de la Constitución nacional, cada provincia tiene su propia Constitución. Además, de acuerdo a las leyes argentinas, la educación y la salud son competencias no delegadas al Estado nacional, sino que son reguladas por cada provincia según sus necesidades.
En ese sentido, aunque la ley del aborto fue aprobada con el carácter de "orden público", es decir, votada considerando la representatividad de cada senador provincial; los demandantes señalan que viola la Constitución de la provincia del Chaco.
Por ello, en su medida cautelar piden declarar la "inconstitucionalidad de la norma que entró en vigencia recientemente", ya que el artículo 15 inciso 1 de la Constitución provincial del Chaco garantiza el derecho de las personas "a la vida y a la libertad, desde la concepción".
Por lo tanto, señala la medida, "debe primar la interpretación de la ley más favorable a la persona humana".