REDACCION CENTRAL,
La Corte Suprema de Estados Unidos falló en contra de las restricciones a las iglesias en el estado de Nueva York durante la pandemia de COVID-19, al considerarlas una violación de la protección de la Primera Enmienda al ejercicio de la libertad religiosa.
Después del fallo del 26 de noviembre, Mons. Nicholas DiMarzio, Obispo de Brooklyn –diócesis que era la parte demandante–, dijo que el culto religioso debe considerarse un elemento esencial durante la pandemia de coronavirus.
"Es hora, ya es hora, de dejar claro que, si bien la pandemia plantea muchos desafíos graves, no hay mundo en el que la Constitución tolere edictos ejecutivos codificados por colores que reabran las tiendas de licores y bicicletas, pero cierren iglesias, sinagogas y mezquitas", escribió el juez asociado Neil Gorsuch sobre el fallo, el cual prohíbe temporalmente las restricciones al culto religioso promulgadas el 6 de octubre por el gobernador de Nueva York, Andrew Cuomo.
El fallo de la Corte es temporal, ya que las demandas presentadas por la Diócesis de Brooklyn y por las sinagogas judías ortodoxas en Nueva York continuarán, aunque es probable que la decisión de la Corte Suprema tenga un gran peso en el resultado de esos casos.
Las restricciones del estado prohibieron la asistencia de más de 10 personas a los servicios religiosos en las "zonas rojas" designadas por el Estado y 25 personas en las "zonas naranjas".
"En una zona roja, mientras que una sinagoga o iglesia no puede admitir a más de 10 personas, las empresas categorizadas como 'esenciales' pueden admitir a tantas personas como deseen. Y la lista de negocios 'esenciales' incluye cosas como instalaciones de acupuntura, campamentos, garajes, así como muchos servicios" no esenciales, concluyó la opinión mayoritaria de la Corte.