23 de noviembre de 2024 Donar
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Organizaciones abortistas peruanas exigen a Ministro suspender "defensa de la vida"

En una reveladora carta dirigida al Ministro de Salud del Perú,  Álvaro Vidal Rivadeneyra, un grupo de organizaciones feministas y abortistas han exigido al Ministerio suspender una norma que exige, de acuerdo a la Constitución Peruana, la defensa de la vida del no-nacido en los centros de salud del país.

La carta está firmada no sólo por feministas peruanas, sino también por representantes de organizaciones extranjeras que también exigen cambios en la política nacional de salud pese a ser organismos internacionales sin ingerencia en asuntos de interés nacional.

Los firmantes de la misiva son Susana Chávez de la organización feminista “Flora Tristán”,  Anna-Britt Coe del  “Centro de Equidad en Salud y Género CHANGE”,  Milka Dinev de  “Pathfinder International” y Julio Zavala de la  “Asociación Peruana para la Prevención del Embarazo No Deseado”, una ONG completamente desconocida en el país.

La carta agradece “la reunión que Ud. brindó a  nosotros y nosotras, representantes de la Mesa de Vigilancia en Derechos  Sexuales y Reproductivos, el día 21 de enero 2004”; y luego exige al Ministerio implementar “los temas principales de nuestro diálogo”.

La lista de reclamos de las organizaciones abortistas, entre otras cosas, exige incorporar  “la Anticoncepción Oral de  Emergencia en el sector público” y su integración “en las Normas de Planificación Familiar, y  el abastecimiento adecuado con insumos existentes (Lo-femenol y Ovrette)”. La  distribución de la AOE fue suspendida en el país luego que quedara claro que, por  su carácter abortivo, violaba la Constitución y las leyes.

Pero la carta especialmente reclama  “la derogatoria del artículo 9, inciso h del Reglamento de la  Organización y Función (ROF) de las Direcciones de Salud que obliga a todas  las Direcciones de Salud, directamente, o a través de sus entidades  competentes a, ‘…proteger la vida y salud de todos los niños por nacer desde  su concepción y registrarlos oficialmente como concebidos y sujetos de  derechos constitucionales’”.

La directiva cuya derogación demandan los abortistas no es sino la aplicación en el ámbito de la salud del artículo de la Constitución peruana que señala explícitamente que “al concebido se le considera nacido para todo lo que le favorece”.

Los abortistas reclaman finalmente  “la reincorporación de los conceptos de salud reproductiva así como  derechos sexuales y reproductivos, en todas las políticas de salud”; a pesar que dichos conceptos son contrarios a la Constitución peruana por incluir explícitamente el aborto.

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