REDACCION CENTRAL,
El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil negó la apelación del sacerdote Luiz Carlos Lodi, quien ahora deberá pagar una indemnización de 398 mil reales brasileros (más de 70.500 dólares) a una pareja por impedir el aborto de un bebé.
El caso ocurrió en octubre de 2005, cuando el P. Lodi presentó un habeas corpus para impedir que una embarazada llevase adelante un aborto autorizado por la justicia. Su bebé había sido diagnosticado con el síndrome de Body Stalk. Esta anomalía se caracteriza porque el cordón umbilical es corto y no hay posibilidad de cierre de la pared abdominal, ocasionando problemas en las extremidades y la columna vertebral.
En 2008, la mujer acudió a los tribunales y, en 2016, por decisión del Tribunal Superior de Justicia de Brasil (STJ), se ordenó al sacerdote pagar una indemnización de 60 mil reales (alrededor de 18 mil dólares). En agosto de 2020, el STF no aceptó el recurso de apelación y agotó cualquier otra posibilidad de ser absuelto.
"Para mí, personalmente, esta decisión tiene poca importancia, ya que querrán tomar el dinero que no tengo. Querrán hacer un inventario de mis bienes y los únicos bienes que tengo son los libros", dijo el sacerdote a ACI Digital, agencia en portugués del Grupo ACI.
En el momento de su condena en 2016, el P. Lodi había publicado una carta en la que explicaba cómo ocurrió el caso. Según él, cuando presentó la solicitud, no se le permitió realizar copias del expediente, debiendo "redactar el hábeas corpus a mano, en hoja aparte".
Más tarde leyó en una noticia del periódico local 'O Popular' que el juez Aluísio Ataídes de Sousa había suspendido la licencia que permitía el aborto del bebé, pero el reportaje también decía: "La decisión, entre tanto, perdió objeto, pues el procedimiento ya fue realizado".