El Obispo de Concordia (Argentina), Mons. Luis Collazuol, aclaró que "la flexibilización de las restricciones" a la práctica pública del culto "no es una gracia concedida por el Estado", sino "un viabilizar en nuevas circunstancias el ejercicio de un derecho propio".
En una reciente carta difundida el 14 de julio, el Prelado abordó el paulatino desconfinamiento que se lleva a cabo en Argentina, en medio de la pandemia del coronavirus COVID-19, e indicó que es incorrecto decir que se "habilita" o "autoriza" una actividad religiosa, cuando esto es "un derecho natural y universal".
"Solemos leer o escuchar que el Gobierno" nacional, provincial o municipal "habilita o autoriza las actividades religiosas" durante el desconfinamiento por el COVID-19, pero "considero que se está usando una terminología inadecuada", dijo Mons. Collazuol en una carta.
"El ejercicio del derecho de expresar y celebrar públicamente la propia creencia no es una gracia o concesión de la autoridad, cualquiera sea. Es un derecho natural y universal", aseguró el Obispo de Concordia.
Lo expresado por Mons. Collazuol está amparado en primer lugar por el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que habla de "la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia".
El ejercicio de este derecho "puede ser reglamentado por el Estado sin más limitaciones que las impuestas por la moral, las buenas costumbres y el orden público", aseguró el Obispo.