Sierra Porto fue uno de los magistrados de la Corte Constitucional que abrió en 2006 las puertas a la despenalización del aborto en Colombia con la sentencia C-355/06.
El hoy juez de la Corte IDH fue ponente de al menos cuatro sentencias –T-988 de 2007, T-388 de 2009, T-585 de 2010 y T-841 de 2011– que progresivamente facilitaron el acceso legal al aborto en Colombia.
Al participar en 2011 en el II Congreso Latinoamericano Jurídico sobre Derechos Reproductivos, auspiciado por la multinacional del aborto Planned Parenthood, acusada de traficar con órganos y tejidos de bebés abortados en sus instalaciones, Sierra Porto justificó la "limitación a la libertad de conciencia de los médicos" frente a los casos de aborto pues, dijo, "el derecho a la objeción de conciencia no es absoluto y solo se podrá ejercer cuando resulta factible asegurar que otro médico puede practicar de forma oportuna la interrupción del embarazo".
La costarricense Elizabeth Odio Benito, jueza de la Corte IDH desde 2016 y actual presidenta del tribunal, se reconoció como militante feminista en una entrevista con el diario español El País en 2019. Tres años antes, aseguró al mismo periódico que "se sabe que yo, esté donde esté, voy a abogar por los derechos de las mujeres y porque se apliquen las perspectivas de género".
Entrevistada en 2015 en el programa Noche Sin Tregua, Odio Benito calificó la fecundación in vitro como "un derecho humano fundamental", y aunque dijo no estar "en favor de promover políticas abortistas", aseguró que "la decisión de interrumpir un embarazo es una libertad de escoger que debe garantizársele a una mujer en determinadas circunstancias".
El argentino Eugenio Raúl Zaffaroni, juez de la Corte IDH desde 2016, fue entre 2003 y 2014 ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina.
En un artículo publicado en 2012 en el periódico argentino Página 12, Zaffaroni defendió una amplia despenalización del aborto en Argentina, pues "si nos limitamos a autorizar el aborto hasta el tercer mes, habremos salvado la vida de muchas mujeres pobres y desamparadas, pero nos habremos desentendido de los otros cientos de miles de abortos que se practican".
"No veo inconveniente en que se amplíe la eximente en el Código Penal, porque de cualquier manera la tipificación es en la práctica inútil", añadió.
En 2012, como ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, Zaffaroni votó a favor de la sentencia del caso "A. F. s/medida autosatisfactiva", en la que se lee que "la Constitución y los tratados de derechos humanos no sólo no prohíben la realización de esta clase de abortos sino que, por el contrario, impiden castigarlos respecto de toda víctima de una violación".
El chileno Eduardo Vio Grossi, juez de la Corte IDH desde 2010, emitió un voto disidente en el caso Artavia Murillo sobre la fecundación in vitro en Costa Rica, manifestando "no lo que el intérprete desea, sino lo que el Derecho expresa".
En ese fallo, la Corte IDH, por mayoría, dijo que "el embrión no puede ser entendido como persona" sino hasta después de la implantación. Al expresar su desacuerdo con los demás jueces, Vio Grossi advirtió que la sentencia del tribunal interamericano "conduce a estimar que el concebido o no nacido y no solo el embrión hasta antes de su implantación, no tiene, per se, el derecho 'a que se respete su vida'".
En su artículo 4.1, la Convención Americana de Derechos Humanos determina que "toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente".
Para el juez chileno la concepción, en el marco de la Convención Americana de Derechos Humanos, debe ser entendida "más allá de cualquier otra consideración, como la fecundación del óvulo por el espermatozoide".
¿Qué le espera a El Salvador frente a la Corte IDH?
Para Ligia Castaldi, si bien "en teoría, los jueces deben actuar con imparcialidad y neutralidad ideológica", en general la mayoría de los integrantes de la Corte IDH "suele promover causas liberales en materia de sexualidad, por ejemplo, al promover la legalización de la reproducción artificial y del matrimonio homosexual en Costa Rica. No es irrazonable esperar que seguirán esta línea en el caso "Manuela" contra El Salvador".
Sin embargo, precisó que "el efecto de cualquier fallo proaborto contra El Salvador dependería de la voluntad política dentro del gobierno para darle cumplimiento".
"Sin esta voluntad política, la Corte no tendría la facultad de cambiar la ley salvadoreña que protege al no nacido y penaliza el aborto provocado", aseguró.
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