20 de diciembre de 2024 Donar
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Arzobispo lamenta que no se respete la objeción de conciencia en Argentina

Imagen referencial. Crédito: Pixabay.

Mons. Eduardo Eliseo Martín, Arzobispo de Rosario (Argentina), recordó recientemente que "la vida es sagrada" y solo "pertenece a Dios" y lamentó que "se insista en aplicar los protocolos del aborto en Santa Fe", refiriéndose a la objeción de conciencia.

Con motivo de la Jornada Mundial del Enfermo, el 11 de febrero, el Arzobispo de Rosario celebró la Misa en la provincia de Santa Fe, y en su homilía recordó que el Papa Francisco señaló para esta jornada que en el "cuidado de los enfermos, hay que recordar estas cosas que son importantes: la vida es sagrada y le pertenece a Dios".

 "Esto lo tenemos que decir con todas sus letras", "con todas las fuerzas de nuestra mente y de nuestro corazón. La vida es sagrada y solo pertenece a Dios. Por lo tanto, es inviolable y no se puede disponer de ella", aseveró, según recoge la agencia argentina AICA.

"La vida debe ser acogida, tutelada, respetada, desde que surge hasta que termina", agregó.

El Prelado argentino también se expresó sobre la objeción de conciencia de los médicos y consideró "triste y decepcionante" que en la provincia de Santa Fe se insista en aplicar los protocolos de aborto.

Mons. Martín animó a los fieles a dar testimonio del valor de la vida y del amor de Dios en el mundo, apoyados en María Santísima.

"Pero a nosotros, queridos hermanos y hermanas, nos toca ser testigos del amor de Dios y de la vida", dijo. "Lourdes es el signo de los enfermos que buscan alivio, consuelo y salud" del cuerpo y alma, "donde buscamos para nosotros y nuestros hermanos la misericordia de Dios", añadió.

Mons. Martín invitó a dar gracias a Dios por el don de María y pidió que los católicos crezcan "en gracia para dar testimonio en el mundo, en la Patria y en la sociedad sobre todo del valor sagrado de la vida, recordando siempre que la vida humana le pertenece a Dios y que ningún ser humano, ningún poder de este mundo puede disponer de la vida".

Objeción de conciencia en Argentina

En Argentina, el Artículo 86 del Código Penal establece que "el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer no es punible", si se ha hecho para "evitar un peligro en la vida de la mujer" y no puede ser evitado por otros medios o "si proviene de una violación" o de un atentado al pudor sobre una mujer demente o "idiota".

Según este mismo artículo, todo "profesional de la salud tendrá derecho a ejercer la objeción de conciencia al respecto, la cual será siempre individual, no institucional".

Sin embargo, en el 2019 el Ministerio de Salud de la Nación de Argentina emitió un nuevo "Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo" (ILE), el cual, según declaraciones del Centro de Bioética, Persona y Familia en el 2019, "merece numerosas críticas por violentar derechos fundamentales del ordenamiento jurídico".

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Según el diario local UNO Santa Fe, el gobierno provincial de Santa Fe se adhirió a través del decreto 007 al protocolo ILE en el 2019.

El protocolo ILE "pretende convertir en derecho" lo que es "un delito y por tanto, un acto disvalioso", pero según el Código Penal, "se renuncia a su persecución penal", señaló el Centro de Bioética, y desarrolló en un vídeo 10 razones que lo demuestran.

En resumen, el protocolo "promueve el aborto a simple demanda", pues según como está redactada la "causal de salud", no se requiere que exista una enfermedad, ni exige que el peligro sea de una intensidad determinada, sino que basta una potencial afectación de la salud de la mujer. Además, el factor determinante en la decisión de requerir una ILE es el tipo de peligro que la mujer está dispuesta a correr.

En ese sentido, también comete "una flagrante omisión en la causal de salud" establecida en el Código Penal, que resulta "improcedente", pues una resolución ministerial es de rango inferior a la ley.

Invisibiliza a la persona por nacer y promueve el aborto hasta el final del embarazo, pues en "el Código Civil y Comercial la existencia de la persona comienza con la concepción, pero el protocolo", se evita "nombrar a la persona por nacer". Además, es posible abortar hasta la semana 28 y se incumple la ley de derechos del paciente.

También, "pretende obligar a todo médico" a ofrecer el aborto "como una simple elección". Pues no se regulan solo casos excepcionales de no punibilidad, sino, se busca "convertir al aborto en un procedimiento rutinario ofrecido…desde la primera entrevista".

Con relación a la objeción de conciencia, el protocolo ILE "coarta la libertad de los médicos y los obliga a ofrecer el aborto" pues "el médico que incumpla sus obligaciones en el ejercicio de su profesión", deberá asumir "responsabilidad penal, civil o administrativa".

Entonces, "si el médico no ofrece el aborto, podría llegar a ser pasible de un reclamo por haber perdido la chance de abortar, como si se tratara de un pretendido derecho".

El protocolo ILE viola los "deberes deontológicos y el juramento hipocrático" y "atenta contra las libertades más básicas". "No se puede ejercer una profesión bajo amenaza". El caso Rodríguez Lastra es demostrativo de esta situación", ejemplificó el Centro de Bioética, Persona y Familia.

A la fecha, se han condenado médicos argentinos por negarse a realizar abortos,  como es el caso del médico ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra, quien fue declarado culpable por el Tribunal de Río Negro en mayo del 2019, por haber evitado un aborto en 2017 y como consecuencia, salvar la vida de la joven madre y del bebé de 23 semanas de gestación. 

Miles de personas e instituciones provida respaldaron al médico en las redes sociales, así como con campañas de firmas, vigilias en las afueras del tribunal y marchas en el país. Leandro manifestó que continuará luchando para hacer "justicia".

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