Escuelas Católicas publicó un informe jurídico que explica por qué el derecho de los padres a la elección del centro docente está recogido en el artículo número 27 de la Constitución española.
Este informe está motivado por las declaraciones que Isabel Celaá, ministra de Educación y Formación profesional en funciones, realizó el pasado 14 de noviembre en el acto inaugural del Congreso de Escuelas Católicas.
Allí aseguró que "de ninguna manera puede decirse que el derecho de los padres a escoger una enseñanza religiosa, o a elegir centro educativo podrían ser parte de la libertad de enseñanza. Estos hechos, los de elegir centro, formarán parte del haz de derechos que puedan tener los padres, madres en las condiciones legales que se determinen, pero no es emanación estricta de la libertad reconocida en el artículo 27 de la Constitución Española (CE). De esto da cuenta la Sentencia del Tribunal Constitucional de 1981".
En el informe explican que estas palabras de la ministra Celaá son "propias de una concepción de la educación que desplaza el papel de los padres como responsables de la educación de sus hijos hacia el Estado y que parecen más próxima a posiciones de corte totalitario que a las modernas democracias".
Subrayan que "aun siendo razonable que el Estado intervenga en la educación, dicha afirmación no es correcta desde un punto de vista estrictamente jurídico".
En ese sentido recuerdan que "el derecho a la educación y la libertad de enseñanza aparecen recogidos de forma sintética en el articulo 27.1 de la Constitución Española, y se desarrollan en los apartados siguientes", y destacan el artículo 27.3 donde se señala que "los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".