MADRID,
El Obispo de Pamplona – Tudela (España), Mons. Francisco Pérez, habló en su carta pastoral semanal sobre la nota publicada por la Penitenciaría Apostólica que recuerda la inviolabilidad del secreto de Confesión y que no admite excepciones ni en el ámbito eclesial ni en el civil, ya que "proviene directamente del derecho divino revelado y está enraizado en la naturaleza misma del sacramento".
Según explicó en su carta el Obispo de Pamplona, existe un "sentimiento social" que parece que quiere "someter todo al juicio humano, como si no hubiera juicio divino", por eso afirma que el secreto "del sacramento de la confesión no puede ser violado".
En ese sentido Mons. Pérez recordó algunos puntos del Código de Derecho Canónico que destaca que "dada la delicadeza y la grandeza de este ministerio y el respeto debido a las personas, la Iglesia declara que todo sacerdote que oye confesiones está obligado a guardar un secreto absoluto sobre los pecados que sus penitentes le han confesado, bajo penas muy severas" y que "este secreto, que no admite excepción, se llama sigilo sacramental, porque lo que el penitente ha manifestado al sacerdote queda sellado por el sacramento".
El Prelado explicó que este secreto o sigilo sacramental "tiene su razón puesto que si hay una confidencia hay un sigilo por derecho natural, en virtud del cuasi contrato establecido entre el penitente y confesor. Por derecho divino, en el juicio de la confesión, establecido por Jesucristo, el penitente es el reo, acusador y único testigo; lo cual supone implícitamente la obligación estricta de guardar secreto".
Además, destacó que el secreto de confesión es obligatorio "incluso en el caso de que el sacerdote no haya dado la absolución de los pecados o la confesión resulte inválida".
Mons. Pérez subrayó también que si un sacerdote viola este secreto de confesión "es automáticamente excomulgado" y explica que si el penitente se confiesa, por ejemplo de un crimen, el presbítero debe "ayudar al penitente a una verdadera contrición la cual incluye arrepentimiento, reparar en lo posible -comunicar a las instancias judiciales- y propósito de la enmienda".