21 de diciembre de 2024 Donar
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Perú: Critican a Defensoría del Pueblo por promover aborto de menor de 13 años

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso del Perú citó el 2 de abril a un representante de la Defensoría del Pueblo para que explique por qué la institución recomendó practicar un "aborto voluntario" a una menor de 13 años identificada con las iniciales N.G.R.H., embarazada tras una violación.

En la sesión del parlamento fue citada Eugenia Fernán-Zegarra, Primera Adjunta de la Defensoría del Pueblo el Perú, quien tuvo que exponer las razones frente a la comisión de justicia liderada por el parlamentario Alberto Eugenio Oliva.

En favor de la defensa de la vida desde la concepción estuvieron presentes los congresistas Julio Rosas, Juan Carlos Gonzáles, Nelly Cuadros y Tamar Arimborgo. Mientras que las parlamentarias Marisa Glave e Indira Huilca se mostraron a favor de la aplicación del mal llamado "aborto terapéutico".

El caso de la menor de 13 años se hizo público a inicios de marzo, cuando el embarazo se encontraba cerca del límite legal para someterse a un "aborto terapéutico", es decir las 22 semanas de gestación. Días después, grupos feministas presionaron al Seguro Social de Salud del Perú (EsSalud) para que apruebe la aplicación de dicha práctica.

El 20 de abril de 2019 la menor de edad fue internada en un hospital, dio a luz prematuramente y el bebé sobrevivió una hora fuera del vientre. La adolescente de 13 años se recuperó y fue dada de alta a los pocos días.

En Perú, desde 1924 de acuerdo al Código Penal, el aborto terapéutico es un delito "no punible", es decir que no tiene pena de cárcel.

Según el artículo 119 del Código Penal, para que el aborto no sea punible, debe ser el único medio para salvar la vida de la gestante, o para evitar en su salud un mal grave y permanente.

En junio del 2014 el Ministerio de Salud aprobó la "Guía Técnica Nacional para la Estandarización del Procedimiento de la Atención Integral de la Gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo menor de 22 semanas".

Desde aquel año los gremios médicos más importantes del país como la Federación Médica Peruana, el Sindicato Nacional Médico del Seguro Social del Perú y la Sociedad Peruana de Derecho Médico se han expresado contra el documento y exigieron su derogación.

En un comunicado emitido el 14 de marzo de 2019, la Defensoría del Pueblo solicitó reevaluar a la menor en el Instituto Nacional Materno Perinatal para que la sometieron al aborto. Para entonces ya había cumplido las 22 semanas de gestación y no presentaba ningún riesgo de muerte o mal grave y permanente que no pudiera evitarse por otro medio.

"La Defensoría del Pueblo constató que la atención médica que recibió, en el Hospital Nacional Edgardo Rebagliati, una adolescente de 13 años de edad con 21 semanas de gestación tras ser víctima de violación, vulneró sus derechos fundamentales, establecidos en la Constitución y refrendados por la Convención sobre los Derechos del Niño, debido a que no se le brindó a ella ni a su familia información oportuna sobre la posibilidad que acceda a un aborto voluntario por indicaciones terapéuticas de un embarazo de hasta 22 semanas", indica el comunicado de la Defensoría.

En su declaración, la Defensoría no tomó en cuenta las evaluaciones médicas favorables sobre la salud de la menor realizada en el Hospital Edgardo Rebagliati, donde era atendida.  

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En declaraciones al Wayka el día 15 de marzo, la madre de la menor N.G.R.H corroboró la información de dicho hospital. En declaraciones al Diario el País, la directora ejecutiva de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud, Lucy Del Carpio, también dijo que la menor no se encontraba en riesgo.

El 2 de abril de 2019, ante la Comisión de Justicia del Congreso, Eugenia Fernán-Zegarra aseguró que el concebido o niño por nacer "no es una persona humana", contradiciendo la Constitución peruana.

"Desde el nacimiento se considera persona humana, el concebido no es persona según la ley", dijo la Primera Adjunta de la Defensoría del Pueblo, pese a que el Art. 2.1 de la Constitución establece que: "Toda persona tiene derecho a: 1. A la vida" y que "el concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece".

Sobre el caso de la menor, la funcionaria pública aseguró que "la Defensoría del Pueblo en ningún momento ha recomendado el aborto terapéutico porque quien lo recomienda finalmente es la junta médica".

"Hemos cautelado que tanto la adolescente como su madre tengan la información que les corresponde tener para tomar una decisión informada, no para conducirla al aborto terapéutico, esa no es nuestra función y misión", explicó.

Durante la sesión, el congresista Julio Rosas dijo que "le extrañaba" que la funcionaria "se olvide de la Constitución, del Código Civil, de las leyes" y le recordó que el "concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece".

Sobre el caso de la menor, Rosas dijo "no se puede permitir" que se "mienta a todo el Perú".

"No es exactamente como la señora representante nos ha dicho. Todo lo contrario. En el Hospital Rebagliati los médicos evaluaron la salud, condición y riesgo de la madre gestante, y concluyeron que no había ningún riesgo. Pero como tienen personas que está allí vigilando, pidieron que la lleven al Instituto Nacional Materno Infantil para que allí le apliquen el aborto", denunció el parlamentario, resaltando que para ese entonces, la menor había cumplido ya las 22 semanas de embarazo.  

En declaraciones a ACI Prensa, Carlos Polo, director de la Oficina para América Latina del Population Research Institute, sostuvo que la Defensoría del Pueblo "sin ningún fundamento científico y en contradicción a los informes médicos del Hospital Edgardo Rebagliatti, afirmó que la menor requería un aborto".

"Además acusó al personal del Hospital pues, según el ideologizado criterio de la Defensoría, constatar que tanto la menor como el concebido se encontraban bien equivale a obstaculizar un supuesto 'derecho al aborto terapéutico'", denunció Polo.

Finalmente, sobre la afirmación de Fernán-Zegarra de que el concebido no es considerado "persona según la ley", manifestó que es una demostración de su "sesgo ideológico".

"Al pedir una modificación de las leyes peruanas sobre el aborto estaría tomándose atribuciones que le corresponden al Congreso. Sea por ignorancia o por atrevimiento, tuvo una actuación impresentable en la Comisión de Justicia. Y dejó en claro, por los congresistas que la acompañaron para blindarla, que se estaría preparando un nuevo proyecto de ley de aborto", concluyó Polo.

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