MADRID,
El activista había recurrido la condena que ya le había impuesto la Sección Cuarta de la Audiencia de Gerona, sin embargo el Tribunal Supremo ratificó la pena de 6 meses de prisión por interrumpir una Misa con gritos a favor del aborto.
El 9 de febrero de 2014 unas diez personas interrumpieron la celebración de una Misa en la localidad de Sant Pere de Banyoles, en la ciudad de Gerona (España) con gritos a favor del aborto. Además arrojaron pasquines y exhibieron una pancarta en el altar con el mensaje "fuera rosarios de nuestros ovarios".
El 28 de abril de 2017 el activista ya había sido condenado por la Sección Cuarta de la Audiencia de Gerona por el delito contra los sentimientos religiosos, sin embargo recurrió la sentencia.
El pasado 4 de diciembre de 2018 la Sala Penal del Tribunal Supremo confirmó la condena de seis meses para uno de estos activistas, por un delito contra los sentimientos religiosos.
La sentencia precisa que el acusado actuó "sabiendo que con su acción podría llegar a ofender los sentimientos religiosos" y paralizó la celebración de la Misa.
De esta manera el Tribunal Supremo también ratifica que el activista se extralimitó en el ejercicio de la libertad de expresión y que vulneró el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto.