BOGOTÁ,
Por seis votos a tres la Corte Constitucional de Colombia rechazó un pedido para establecer el límite de 24 semanas de gestación para practicar el aborto bajo las tres causales aprobadas en 2006, con lo cual los médicos podrán realizar esta práctica en cualquier momento del embarazo.
El 17 de octubre los jueces rechazaron la ponencia de la magistrada Cristiana Pardo, quien había solicitado que se estableciera como límite las 24 semanas de gestación para los abortos en los casos de violación, malformación del niño por nacer y peligro para la vida de la madre.
"La Corte tomó la decisión, en esencia, de ratificar la decisión que se había tomado en el año 2006, la sentencia C355 de ese año, donde se ratifican las tres causales en materia de interrupción voluntaria del embarazo que están despenalizadas", indicaron los jueces en rueda de prensa.
La Corte "señaló básicamente que no se van a limitar en esta decisión los plazos para limitar el acceso a la interrupción voluntarias del embarazo", es decir el aborto.
La decisión se tomó luego la Corte recibiera una tutela –una medida legal de emergencia que exige una rápida respuesta– de una mujer de 33 años, que con 26 semanas de embarazo solicitó a su entidad promotora de salud (EPS) que se le practicara un aborto aduciendo que la bebé tenía un diagnóstico que podía causarle ceguera a la madre, algo que no está dentro de las tres causales. Por ello, tres centros médicos rechazaron su pedido en Bogotá.
La mujer interpuso luego una acción de tutela y una jueza de Bogotá –como medida provisional y sin dar un fallo de fondo para el caso, que lo dio finalmente la Corte Constitucional– autorizó el aborto que se realizó al día siguiente del pedido.