SANTIAGO,
En el contexto de la votación de la despenalización del aborto en el Senado de Argentina el miércoles 8 de agosto, ¿los legisladores católicos que apoyen el proyecto quedarían excomulgados?
El abogado canonista Alejandro Álvarez, de Voces Católicas, explicó a ACI Prensa las implicancias del delito del aborto y sus involucrados según el canon 1398 del Código de Derecho Canónico.
En primer lugar, Álvarez señaló que el tenor literal del canon establece como sujeto del delito de aborto a "todo el que procura el aborto", es decir, "a quien interviene en él, de modo necesario para producir el resultado de aborto".
"No están sancionados, por lo tanto, otros que intervienen en un aborto, por ejemplo el personal administrativo de la clínica, incluso si ésta se dedica exclusiva o mayoritariamente a esta práctica", aclaró el abogado.
Sin embargo, subrayó que esto "no quiere decir que un católico, que desee ser fiel a los compromisos de su fe, pueda trabajar en una clínica de esas características sin plantearse problemas de conciencia".
En el caso de los parlamentarios que dan su voto a una ley que aprueba el aborto, Álvarez indicó que "aún siendo muy grave su conducta, de su actuación no se deriva necesariamente la comisión de un aborto, no hay una relación de causa y efecto directa. Por lo que se debe entender que no incurre en el delito de aborto".