SANTIAGO,
En el proceso de nulidad matrimonial canónica, reformado por el Papa Francisco en diciembre de 2015, existe un cargo de suma importancia que permite a los jueces llegar a la certeza moral requerida para establecer una sentencia: el oficio del Defensor del Vínculo.
La nulidad matrimonial se establece cuando existe alguna de las causales que permiten probar que entre un hombre y una mujer, por diversas razones, nunca existió matrimonio.
En este proceso, la misión del Defensor del Vínculo es "siempre defender la validez del matrimonio, validez que se presume legalmente", explicó la abogada y Licenciada en Derecho Canónico, Sigal Rodríguez Conca.
En entrevista concedida a ACI Prensa, Rodríguez sostuvo que el Defensor del Vínculo "expone todos los argumentos, rebate las pruebas y conclusiones del abogado de la parte que solicita la nulidad, con el fin de que se lleve un proceso justo y la validez presumida del matrimonio".
"Obviamente si no tiene ningún argumento que decir a favor de la validez porque no lo hay, se somete a la ciencia y conciencia de los jueces", aclaró la abogada y también miembro de Voces Católicas.
El oficio del Defensor del Vínculo tiene su fundamento en el c. 1432 del Código de Derecho Canónico y es nombrado por el Obispo según indica el c. 1435 del mismo.