REDACCION CENTRAL,
Expertos advirtieron una serie de peligros tras la publicación del decreto legislativo 1323 –con rango de ley–, publicado por el gobierno peruano el 6 de enero. La disposición del gobierno modifica el Código Penal para incluir como agravante para los delitos la "intolerancia o discriminación", por, entre otros motivos, la "orientación sexual" y la "identidad de género".
En septiembre de 2016, el Congreso de Perú otorgó facultades legislativas por 90 días al gobierno de Pedro Pablo Kuczynski, "en materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento, y reorganización de Petroperú". El plazo para que el Poder Ejecutivo emita decretos legislativos finalizó el 6 de enero de 2017.
En la modificación al artículo 323 del Código Penal, el decreto legislativo del 6 de enero establece "pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de tres años" o "prestación de servicios a la comunidad de sesenta a ciento veinte jornadas" para estos casos.
En declaraciones para ACI Prensa, el abogado Juan Puertas advirtió que "la ley, así como está redactada, es un peligro de censura en todos los temas jurídicos y políticos que involucren a la población LGTB (lesbianas, gay, transexuales y bisexuales) o feminismo entre otros, dado que pueden alegar que por opiniones se está pretendiendo 'limitar derechos', y hoy sabemos que cualquier reclamo político es vestido bajo la figura de supuestos 'derechos'".
Puertas señaló que la ley promulgada por el gobierno peruano "como se encuentra es inconstitucional no solo por exceder las facultades delegadas por el Congreso sino por no cumplir con el principio de tipicidad".
Además, advirtió, "existe un peligro de persecución judicial".