27 de diciembre de 2024 Donar
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España: Fiscalía se opone a archivo de la causa sobre exposición que profanó la Eucaristía

Sacrilegio de Hostias consagradas / Twitter de Abel Azcona

Después de que el juez instructor Fermín Otamendi ordenara archivar la denuncia contra la exposición blasfema de Abel Azcona que profanó la Eucaristía, el Ministerio Fiscal de Pamplona recurrió el 23 de noviembre la decisión del magistrado.

Según apuntan en el recurso de apelación presentado por el Ministerio Fiscal, se alega que el autor, Abel Azcona, al exponer las fotografías en las que aparecía desnudo junto a la palabra "pederastia" formada con 242 hostias consagradas, despreció y faltó al respeto a "uno de los elementos más sagrados para la religión católica".

Lo que demuestra, precisan, que sí cometió un delito contra los sentimientos religiosos.

El Ministerio Fiscal es un órgano que tiene la función, definida por la Constitución española, de velar por la promoción de la acción de la justicia en defensa de la legalidad y los derechos de los ciudadanos. Es independiente de los jueces y magistrados y también de la acusación que presenta la denuncia en los casos, por lo que se trata de un órgano superior que vela para que la justicia prevalezca.

La representante del Ministerio Fiscal en Pamplona ha explicado que Abel Azcona utilizó las redes sociales, como Facebook o Twitter, para señalar el origen de las formas consagradas y creó la polémica exposición con la intención de crear controversia y aumentar el precio de la obra, que se multiplicó por 10, a través del desprecio y la ofensa.

El juez de la causa Fermín Otamendi decretó su archivo al entender que no había manera de conocer que las formas fueran consagradas y también precisaba que no hubo ningún acto de profanación ni ningún delito del artículo 524 del Código Penal al no haber sucedido en un templo.

Sin embargo, el Ministerio Fiscal ha demostrado que el acusado consiguió las hostias en una iglesia, y él mismo se encargó de mostrarlo con fotos y vídeos en las redes sociales, de lo que se desprende que sí hubo profanación, de acuerdo a una sentencia previa de la Audiencia Provincial de Valladolid del 19 de mayo de 2000.

Por eso, tanto la Asociación de Abogados Cristianos, que presentó en la denuncia vídeos, imágenes y declaraciones del autor en redes sociales como la Fiscalía también entendieron que hubo escarnio al mostrar el autor una "insultante expresión de desprecio" y "una manifiesta intención ofensiva".

De esta manera rechazan la interpretación del juez Otamendi que consideró que no hubo ofensa, al ceñirse solo a la exposición, pero prescindiendo de las publicaciones en redes sociales, así como del significado de lo que es una performance.

La Asociación de Abogados Cristianos (AEAC) también presentó el pasado 18 de noviembre un recurso de apelación por el archivo de la causa y ha mostrado su satisfacción ante la actuación de la Fiscalía en defensa de la libertad religiosa.

La AEAC, como consecuencia de los más de 150 ataques contra la fe católica, incluido la exposición vejatoria de Abel Azcona, inició el 17 de noviembre la campaña privada #RespetaMiFe que ya ha recibido más de 13.000 adhesiones, lo que muestra una clara necesidad de protección contra aquellas actuaciones que atentan contra la libertad religiosa o los sentimientos religiosos.

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