ANÁPOLIS,
El Presidente de la Asociación Pro-vida de Anápolis (GO), P. Luiz Carlos Lodi da Cruz, fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Brasil (STJ, por sus siglas en portugués) a pagar la indemnización por daños morales de 60 mil reales (alrededor de 18 mil dólares), por haber presentado un habeas corpus para impedir que se realizara el aborto de un bebé con síndrome de Body Stalk.
En octubre del 2005, el P. Lodi presentó un habeas corpus para impedir que una embarazada llevase adelante un aborto autorizado por la justicia. Su bebé había sido diagnosticado con el síndrome de Body Stalk. Esta anomalía se caracteriza porque el cordón umbilical es corto y no hay posibilidad de cierre de la pared abdominal, ocasionando problemas en las extremidades y la columna vertebral.
De acuerdo con el STJ, la mujer ya había tomado medicación para inducir el parto, cuando llegó al hospital la decisión del Tribunal de Justicia de Goiás, que atendió el pedido del sacerdote y determinó la interrupción del procedimiento.
Ella, entonces, volvió a su casa en Morrinhos, en la región sur de Goiás. A los días el bebé nació, falleciendo poco después.
La decisión unánime de la Tercera Sala del STJ acompañó el voto de la jueza Nancy Andrighi, considerando que el sacerdote abusó del derecho de acción y violó derechos de la mujer embarazada y de su esposo, provocándoles sufrimiento inútil.
"Ese exhaustivo trabajo de parto, con todos los dolores que le son inherentes, marcó la pauta en colores muy fuertes, del intenso daño moral soportado, tanto por la mujer como por el esposo", declaró la jueza.