MADRID,
Ante las informaciones aparecidas en diversos medios sobre el impedimento a un transexual para ser padrino de bautismo, el Obispado de Cádiz y Ceuta (España) emitió un comunicado donde recordó que entre las condiciones que debe cumplir la persona candidata a padrino o madrina, está llevar "una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir".
En su comunicado, el obispado se refirió al caso de Alexander Salinas, una mujer cuyo nombre original era "Alexandra", hasta que lo cambió en su documento de identidad en el 2004.
Salinas se acercó a la parroquia de San José Artesano, en la localidad de San Fernando. Ahí fue recibido por el P. Lázaro Alvar, quien le dijo que no es posible que sea padrino. "Está muy lejos de mí rechazar a alguien así, todo lo contrario, ha sufrido muchísimo y necesita ser ayudado, pero no puedo cambiar 2.000 años de Historia de la Iglesia", declaró el sacerdote, quien le explicó las condiciones para asumir dicho compromiso.
En ese sentido, el Obispado recordó que el Código de Derecho Canónico exige a quien haya de ser padrino o madrina de bautismo, que "sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el santísimo sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir".
El comunicado indicó que el P. Alvar le transmitió que "la Iglesia, como madre, tiene la misión de acoger, escuchar y ayudar a vivir un camino espiritual donde el mensaje de Cristo se manifiesta en su Iglesia y donde el cristiano halla su felicidad y dignidad".
De esta manera y siguiendo el Código de Derecho Canónico es el párroco quien ha de velar con responsabilidad para que se cumplan los requisitos e incluso disuadir a quienes a su parecer no los cumplen por diferentes razones por el propio bien del bautizado; ya que las funciones del padrino se centran en velar por el crecimiento en la fe del bautizado y acompañarle para que aprenda de su mano los fundamentos doctrinales y morales de la fe cristiana.