SANTIAGO,
El Tribunal Constitucional de Chile, en votación dividida, rechazó que la causal de divorcio por "conducta homosexual" del otro cónyuge sea un acto de discriminación y reafirmó que el matrimonio es entre un hombre y una mujer.
El caso se produjo luego que un hombre descubrió que su esposa tenía una pareja lesbiana. El afectado decidió pedirle el divorcio y el tribunal falló a favor del esposo.
A continuación la mujer lo demandó por discriminación por su condición homosexual. El requerimiento de ella sostenía que dicha causal de divorcio es supuestamente inconstitucional por establecer una discriminación arbitraria basada en la orientación sexual.
Entre los fundamentos de los cuatro jueces que votaron contra la aceptación del requerimiento, se recordó la legislación chilena actual aplicable en materia matrimonial, la cual afirma que el matrimonio heterosexual y monogámico (art. 102 del Código Civil; art. 80 de la ley de matrimonio civil).
La parte demandante recordó incluso el caso de Karen Atala, jueza chilena asumida públicamente lesbiana que ganó la demanda contra el Estado de Chile, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por discriminación luego que se le negara la tuición de sus hijas producto de su convivencia con una pareja homosexual.
Esto fue desestimado por el Tribunal Constitucional, el cual señaló que el matrimonio es entre un hombre y una mujer, lo que en sus palabras "resulta acorde con las bases de la institucionalidad contenidas en el capítulo I de la Carta Fundamental".