QUITO,
El Juzgado Cuarto de Garantías Penales de Pichincha (Ecuador) rechazó una acción legal interpuesta por una pareja de lesbianas para registrar a la hija biológica –concebida por inseminación artificial– de una de ellas con el apellido de ambas.
Satya Amani es hija de Nicola Susan Rothon, quien declara vivir en unión de hecho con Helen Louis Bicknell, de origen inglés. Tras el nacimiento de la niña el 8 de diciembre de 2011, ambas solicitaron su inscripción en el Registro Civil con los apellidos de ambas. La solicitud fue denegada.
Las mujeres con el apoyo de la Defensoría del Pueblo presentaron una Acción de Protección para obligar a que la niña fuera registrada como hija de ambas, pedido que ha sido rechazado.
Según señala el fallo dado a conocer hoy por la Red Pro-Vida y Familia de Ecuador, la negativa del registro civil se debió a que la legislación ecuatoriana no contempla "duplicidad de filiación materna en una inscripción de nacimiento".
La sentencia indica además que de las leyes del registro civil, también se ha tenido en cuenta para la decisión "normas que expresamente se refieren a ‘padre y madre’, ‘paternidad y maternidad’ y ‘hombre y mujer’ en el Código Civil, en la Ley de Unión de Hecho y en la propia Constitución".
Tras explicar que no ha existido discriminación alguna como ha intentado demostrar la pareja de lesbianas, apoyadas por distintos medios de comunicación, el fallo precisa que "ningún funcionario o servidor público ha negado el derecho a la ciudadana Nicola Susan Rothon, madre de la niña Satya Amani, de que la inscriba con este nombre a su hija".