BUENOS AIRES,
El Senado de Argentina aprobó la llamada ley de "muerte digna". Si bien en el debate se insistió en que esta no es una ley sobre eutanasia, la norma contempla la posibilidad de quitar la alimentación y la hidratación a los pacientes terminales.
Esta norma recuerda los emblemáticos casos de la estadounidense Terri Schiavo (2005) y la italiana Eluana Englaro (2009) que murieron a causa de la inanición y la deshidratación días después de que se les suspendiera los cuidados básicos de alimentación e hidratación por medio de sondas, luego de que las autoridades decidieran aplicar la eutanasia.
Diversas organizaciones y personalidades argentinas criticaron esta nueva norma que modifica el artículo 2 sobre la ley de derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud.
El nuevo texto indica que "también podrá rechazar procedimientos de hidratación o alimentación cuando los mismos produzcan como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal irreversible o incurable".
Esto significa que la persona no moriría a consecuencia de su enfermedad sino de hambre o sed, con lo que se comete eutanasia al quitar deliberadamente la vida del paciente.
La Red Federal de Familias – Misiones calificó a la ley aprobada como "infame" y criticó que facilite la muerte de las personas que padezcan enfermedades irreversibles o incurables. "¿No son irreversibles o incurables en ciertos estadios el cáncer, la leucemia, el HIV, la sordera, la ceguera, el mal de Parkinson, la parálisis cerebral, etc.?", cuestionó la organización.