BOGOTÁ,
En una nueva sentencia, la Corte Constitucional de Colombia decidió que la opinión de una gestante sobre su estado de salud puede justificar un aborto, amplió su práctica a los nueve meses de gestación y niega a los médicos el derecho a la objeción de conciencia ante este procedimiento.
Según informa la prensa colombiana, el 28 de febrero la Corte rechazó el pedido de nulidad que el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, presentó contra una sentencia que la misma Corte dio a finales de 2011 para justificar un aborto fuera de las tres causales aprobadas por este organismo en el año 2006, cuando despenalizó el aborto en casos de violación, malformación del bebé o peligro para la vida de la madre.
La Corte Constitucional validó el pedido de aborto que en mayo de 2011 hizo la madre de una menor de 12 años de edad, embarazada de su novio de 16 años, a las 14 semanas de gestación.
La madre solicitó el aborto para su hija en un centro de salud alegando que la menor atravesaba un cuadro de ansiedad. Los médicos se negaron a practicarle el aborto amparándose en que el embarazo no suponía riesgo para la vida de la gestante y ahora, tras la sentencia de la Corte, deberán indemnizar a la familia.
Alcances de la sentencia