23 de noviembre de 2024 Donar
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Rota Romana tratará casos de nulidad de matrimonios no consumados y los de nulidad sacerdotal

El Papa Benedicto XVI ha decidido que los casos de nulidad de matrimonios ratos (no consumados por la unión sexual) y los de nulidad de ordenación sacerdotal, sean tratados en adelante por el Tribunal de la Rota Romana y ya no por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos que los tenía a su cargo.

Así lo ha dispuesto el Santo Padre a través del motu proprio "Quaerit semper" que modifica algunos artículos de la constitución apostólica Pastor Bonus del Beato Juan Pablo II.

El documento, que entrará en vigor el 1 de octubre de 2011, ha sido dado a conocer en la edición para el 28 de septiembre del diario vaticano L’Osservatore Romano (LOR).

Esta decisión, dice el Papa en el texto, la ha tomado para que así la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, liderada por el Cardenal Antonio Cañizares, "se dedique principalmente a dar nuevo impulso a la promoción de la Sagrada Liturgia en la Iglesia, según la renovación querida por el Concilio Vaticano II a partir de la Constitución Sacrosanctum Concilium".

Benedicto XVI recuerda además que "la Santa Sede siempre ha buscado adecuar la propia estructura de gobierno a las necesidades pastorales que en cada periodo histórico emergían en la vida de la Iglesia, modificando para ello la organización y la competencia de los dicasterios de la Curia Romana".

El Papa se refirió además a la exigencia del Concilio Vaticano II de adecuarse los dicasterios "a las necesidades de los tiempos, de las regiones y los ritos, sobre todo en lo que respecto a su número, denominación, competencia, el modo de proceder y la recíproca coordinación".

Al respecto, el Decano de la Rota Romana, el Obispo Antoni Stankiewicz, señala en LOR que la decisión del Papa Benedicto XVI es "una innovación normativa de carácter histórico en el ámbito de la Curia Romana".

Mons. Stankiewicz, que tiene como una de sus facultades proponer al Papa la concesión de la dispensa en el caso de los matrimonios ratos (no consumados), indicó que es necesario hacer notar que "este traspaso s0e basa en precedentes de orden histórico-jurídico que atestiguan que las materias ahora devueltas a la Rota no son ajenas al contexto del Tribunal papal".

La Rota Romana, concluye el Obispo, "acoge las competencias asignadas por el Papa con filial gratitud por la confianza manifestada hacia su Tribunal y con la ayuda de una plurisecular experiencia jurídica, a la cual acudir al tratar materias tan relevantes para la vida de cada fiel y de la entera comunidad cristiana".

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