REDACCION CENTRAL,
El miembro de la Red Federal de Familias y asesor jurídico del boletín electrónico Notivida, Ricardo Bach de Chazal, confió en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), no ceda a las presiones de los grupos abortistas que quieren que se legalice el aborto en Argentina por la vía judicial.
El abogado se refirió al pedido de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y otros grupos abortistas para que la CSJN avale el fallo del Superior Tribunal de Chubut, que en marzo de 2010 aprobó el aborto de una menor embarazada por violación, y que fue ejecutado a pesar que la defensa del niño por nacer presentó una apelación.
"El expediente llegó a la Corte con el niño ya eliminado, lo que –en principio- tornaría abstracta la cuestión a decidir. Sin embargo, los grupos impulsores del aborto han renovado sus presentaciones como ‘amigos del tribunal’, dirigiéndose, esta vez, al máximo tribunal de la República Argentina", explicó a ACI Prensa el 8 de junio.
Ante esto, Bach informó que "prestigiosas personas y entidades argentinas y extranjeras" ya han respondido con "muy importantes argumentos jurídicos, médicos, psicológicos, políticos, sociológicos, que deberían llevar, razonablemente, a que el Tribunal revoque la decisión chubutense y proclame la inviolabilidad del derecho a la vida desde la concepción".
En ese sentido, criticó que el tribunal de Chubut haya permitido el aborto amparándose en el artículo 86 del Código Penal, que excluye de pena al aborto realizado para "evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; y si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente".
Bach aclaró que "tales dispositivos, cuestionables desde su origen (1921), ya no pueden ser aplicados en la Argentina", pues son contrarios a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño, que protegen la vida desde la concepción. Indicó que además la menor a la que se realizó el aborto "no padecía ninguna de esas condiciones" estipuladas en el Código Penal.