LIMA,
La Oficina de Comunicaciones y Prensa del Arzobispado de Lima dio a conocer hoy que el Tribunal Constitucional declaró infundado el recurso de agravio constitucional presentado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) en contra de Walter Muñoz Cho, representante del Arzobispado en la Junta Administrativa de esta casa de estudios.
Con este fallo se reconoce el derecho del Arzobispado a intervenir en la administración de la mencionada casa de estudios, establecido por don José de la Riva Agüero, quien era propietario de los terrenos en los que ahora está la PUCP, y que los cedió para construir en ellos esta Universidad con la condición, expresada en su testamento, de que en la junta administradora establecida a perpetuidad estuviese siempre representado el Arzobispado de Lima.
La nota de prensa del Arzobispado precisa que la séptima conclusión de la sentencia afirma: "Las gestiones, comunicaciones y reclamos del representante del Arzobispado ante la Junta, pretendiendo la revisión del acuerdo de 1994 y de otros, no constituye amenazas o agravios, en tanto que pertenecen al ejercicio de un derecho exigible y que tiene como fin resguardar y restituir la última voluntad del testador", es decir, están en coherencia con lo expresado en el testamento de José de la Riva Agüero, intelectual católico peruano.
"El recurso de amparo se presentó el 6 de marzo de 2007 y la sentencia ha sido publicada el 19 de abril de 2010. El conjunto de documentos tiene 59 páginas y está publicado en la página web del Tribunal Constitucional. El Abogado del señor Walter Muñoz Cho es el doctor Natale Amprimo", explica la nota.
La Junta de Administración de la PUCP funcionó durante 50 años velando por la buena administración de la citada herencia, pero en 1994 sus integrantes Salomón Lerner, entonces rector de la PUCP, y Carlos Valderrama, nombrado por el entonces Arzobispo de Lima, "convinieron en que la intención de Riva Agüero los conducía a acordar que la Universidad debería ser quien administrara sus bienes, y que la junta sólo administraría las mandas testamentarias".
Según Walter Muñoz, ambos habrían modificado la voluntad de José de la Riva Agüero y Osma, interpretándola a su manera y desconociendo la participación de la junta en las sesiones anuales, lo que va en contra de lo que fue el deseo del intelectual.