MADRID,
El Tribunal Supremo dio la razón al Arzobispado de Valencia respecto a la protección de datos de los Libros Bautismales y eximió, por ende, a todos los obispos españoles de registrar en estos archivos históricos a los apóstatas.
La Arquidiócesis de Valencia publicó un comunicado en el que informó que el Tribunal anuló la sentencia previa de la Audiencia Nacional "que consideraba los Libros de Bautismo como ficheros de datos en los que se podían añadir anotaciones de cancelaciones, y ha admitido así el recurso de casación que interpuso el Arzobispado de Valencia".
La sentencia del Tribunal Supremo "considera que, como señalaban los servicios jurídicos de la archidiócesis valenciana, los Libros de Bautismo no tienen la consideración de fichero, por lo que no están sujetos a la legislación en materia de protección de datos".
"El Arzobispado de Valencia había recurrido por la vía contencioso administrativa ante la Audiencia Nacional la decisión de la Agencia Española de Protección de Datos de admitir la reclamación presentada por una persona que pretendía que se cancelara su inscripción en el Libro de Bautismo", recordó.
En su recurso a la Audiencia Nacional, los servicios jurídicos del Arzobispado defendieron que los Libros de Bautismo "no son un fichero de datos ni sus asientos prejuzgan la pertenencia actual a la Iglesia Católica".
Además, el Arzobispado recordó la inviolabilidad de los Libros de Bautismo y advirtió que la orden de la Agencia de Protección de Datos para que se añadiera por escrito a los apóstatas infringía el acuerdo de 1979 entre España y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, que expresa que el Estado y la Iglesia garantizarán la inviolabilidad y la confidencialidad de los archivos y registros de la Iglesia.