21 de noviembre de 2024 Donar
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Obispo deplora sanción a farmacias chilenas que no venden píldora abortista

En un artículo titulado "La intolerancia de los tolerantes’" y publicado en el diario El Mercurio, el Obispo Auxiliar de Santiago, Mons. Fernando Chomalí, deploró la actitud del Gobierno de sancionar a las farmacias que no tienen a la venta la llamada píldora del día siguiente (PDS).

Mons. Chomalí, también miembro de la Pontificia Academia para la Vida, consideró que la sanción "es claramente un acto contrario a la razón y al derecho".

"Dado que este producto está pensado para ser ingerido después de la relación sexual, existe la posibilidad, en el caso de haberse ya producido la fecundación, de que atente en contra de un ser humano inocente, al no permitirle que se implante en el útero materno. Para ello fue pensado, producido, vendido y distribuido", sostiene el Obispo sobre la base de la información oficial reconocida por sus fabricantes.

Según el Prelado, el Gobierno "multa a aquellas farmacias que no venden el producto porque, según éste, conculcan el derecho que tienen las personas de acceder a él", sin embargo, "al utilizar esta píldora se conculcan otros derechos, aún más fundamentales".

Asimismo, recuerda que "algunos insisten en que la píldora no tiene carácter abortivo, aunque esto nunca ha sido demostrado. Pero hay que recordar que el mismo que la pensó, la produce y la vende señala que sí lo tiene, al decir que puede impedir la anidación del embrión de siete días de vida".

Por ello, "obligar a los vendedores, a los químicos farmacéuticos y a los ejecutivos de las farmacias, así como a los accionistas y dueños de éstas, a una colaboración material y formal de la venta de un producto que daña la salud es claramente un acto contrario a la razón y al derecho. Una medida de este tipo constituye no solo un abuso de poder, producto de un equivocado concepto de democracia, sino que también un acto de intolerancia en nombre de la tolerancia, dado que, como dijera Juan Pablo II, en ningún ámbito de la vida la ley civil puede sustituir a la conciencia ni dictar normas que excedan la propia competencia".

"El rechazo a participar en la ejecución de una injusticia no solo es un deber moral, sino que también un derecho fundamental. En este caso, el derecho a la vida es un derecho primario y fundamental anterior a la autoridad. A éste le corresponde cuidar y proteger la vida, pero jamás exponerla o dejarla en la más absoluta indefensión", concluyó.

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