BARCELONA,
Un juzgado de Barcelona anuló dos artículos del nuevo código deontológico médico de Cataluña que permitían a las menores de edad someterse a esterilizaciones quirúrgicas o abortos sin necesidad de informar a sus padres.
Según informa el diario español ABC, en su sentencia, el juzgado contencioso-administrativo número 12 de Barcelona estimó parcialmente el recurso que presentaron en mayo de 2005 un total de 112 médicos catalanes –liderados por la presidenta de ProVida, Dolores Voltas– contra el nuevo código deontológico médico de Cataluña, aprobado en enero. El juez decidió como medida preventiva la suspensión cautelar de los mencionados artículos, ahora anulados aunque en sentencia recurrible.
El magistrado anuló los artículos 33 y 59 del citado código. El primero obligaba a los médicos a respetar la confidencialidad de los menores ante sus padres y a hacer prevalecer su voluntad, siempre que se les considerara suficientemente maduros. El segundo artículo suspendido por la sentencia establecía que los abortos y esterilizaciones de menores debían llevarse a cabo con su consentimiento explícito, y sus padres decidirían solo cuando no se les considerara con capacidad suficiente para comprender el alcance de la intervención.
Para el juez, éste último artículo se desvía del planteamiento de la Ley de Autonomía del Paciente. Así, el magistrado recuerda que la legislación establece que el consentimiento corresponderá al menor si es mayor de 16 años y no está incapacitado, pero si la intervención es de gran riesgo, los padres deberán ser informados y escuchados.
Para el juez, una norma que permite negar la información a los padres “no resulta admisible sin una cobertura legal expresa”, por lo que cree que el artículo deberá ser matizado para tener en cuenta aspectos como la edad del menor y no solo su madurez aparente, o la gravedad del riesgo.
Las Mejores Noticias Católicas - directo a su bandeja de entrada
Regístrese para recibir nuestro boletín gratuito de ACI Prensa.