MADRID,
La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Identidad de Género que permitirá a las personas que lo deseen cambiar su nombre y sexo en el DNI, sin necesidad de una operación quirúrgica o resolución judicial.
La Ley de Identidad de Género, remitida ya al Senado, destaca que la rectificación de nombre y de sexo en el Registro Civil se llevará a cabo cuando el o la solicitante acredite que le ha sido diagnosticado "disforia de género" y que ha sido tratado médicamente durante al menos dos años para acomodar sus características físicas a las correspondientes del sexo reclamado.
Quienes no puedan someterse a intervención quirúrgica o no se puedan aplicar hormonas por motivos de salud también podrán beneficiarse de esta ley, siempre y cuando aporten certificación médica de tales circunstancias.
El cambio de sexo y nombre en el Registro Civil obligará a estas personas a solicitar la emisión de un nuevo DNI, ajustado a la inscripción registral rectificada, conservando el mismo número del documento.
Al respecto, el diputado del PP Juan Santaella rechazó la medida porque permite los citados cambios registrales sin autorización de un juez y sin que la persona solicitante se haya sometido a una intervención quirúrgica de cambio de sexo.