QUITO,
La organización Acción Provida ha lanzado una campaña que busca hacer que el Presidente de Ecuador, Alfredo Palacio González, vete el capítulo tres de la recientemente aprobada Ley Orgánica del Código de Salud, por atentar contra la vida y la familia, al permitir y promover el aborto, la potencialmente abortiva píldora del día siguiente y prohibir la objeción de conciencia al personal sanitario que se niegue a realizar un aborto.
Como parte de esta campaña, convocan a una "gran jornada por la defensa de nuestros derechos humanos y constitucionales" el día jueves 12 de octubre desde las 11:00 am "para los jóvenes, que visitarán el Congreso "para exigir sus derechos"; y ese mismo día desde las 06:00 pm para las familias, también frente al Congreso. Para la manifestación vespertina, los organizadores solicitan ir "con velas y flores para dejarlas a los diputados".
Asimismo, para apoyar esta campaña los organizadores solicitan a todos aquellos que lo deseen, sin importar desde que lugar del mundo la envíen, mandar la misiva que publicamos a continuación a la siguiente dirección de correo electrónico: sugerencias@presidencia.gov.ec, con el asunto (subject) "Cadena de mails al Presidente de la República del Ecuador, Dr. Alfredo Palacio González", así como a todos aquellos que quieran apoyar esta causa.
"Quien suscribe, (colocar nombre aquí), ante el texto aprobado del capítulo tres de la ley orgánica sustitutiva al código de salud en el seno del Congreso Nacional del Ecuador, el cual:
1. Atenta contra el derecho fundamental a la vida garantizado en el Art. 49 de la Constitución de la República del Ecuador, ‘se garantiza el derecho a la vida desde la concepción’, ya que el capítulo inicia diciendo que es una ley para el control de la natalidad, más adelante garantiza la potencialmente abortiva ‘píldora de emergencia’ como política de salud pública, y en tres artículos menciona que ésta ley busca respetar el ‘derecho de la mujer a decidir en su embarazo’ = aborto.
2. Atenta contra el derecho a la libertad de conciencia, Art. 23, literal 11 al 23: al decir, ‘ningún servicio público, ni privado podrá negarse a interrumpir un embarazo’. NADIE puede obligar a un médico a realizar algo que va contra sus principios.