BUENOS AIRES,
En declaraciones al semanario Cristo Hoy, Mónica del Río, redactora del boletín Notivida, habló sobre los principales desafíos, leyes y proyectos que afectan a la familia y a no nacido en Argentina y la mejor forma de responder a ello; con ocasión del Día del Niño por Nacer que se celebra este 25 de marzo.
Del Río manifestó que "entre los proyectos que llegaron a avanzar están la Ley antidiscriminatoria cuya modificación incluye la ‘discriminación por orientación sexual’; dicha ley tiene media sanción del Senado y este año la tendrá que estudiar la Cámara Diputados".
"Si obtuviera la sanción definitiva, un padre a cuyo hijo le propongan en la escuela la homosexualidad como una opción válida estará maniatado, un homosexual que no sea admitido en un seminario podría iniciar una querella judicial, así mismo, la manifestación pública contra el ‘estilo de vida homosexual’ podría ser penada por la ley, como ya ocurre en otros países", añadió.
Con respecto al proyecto de ley que le otorgaría rango constitucional a la Convención Belem do Para, la redactora de Notivida manifestó que ésta tiene media sanción de en la Cámara de Diputados desde 2004. Belem do Pará es una convención similar a la CEDAW y persigue los mismos intereses, la CEDAW es global (de la ONU), y Belem do Pará es interamericana (de la OEA). Ambas tienen un comité de seguimiento integrado por abortistas, que hace recomendaciones conforme a su línea ideológica.
"Sería grave que incorporen Belem do Pará a la Constitución Nacional –prosiguió– pues entre otras cosas, introdujo el concepto de género en la legislación regional convirtiendo el sexo en una noción construida culturalmente, justificando así el reconocimiento social y jurídico del homosexualismo, la distribución masiva de anticonceptivos y el aborto, químico y quirúrgico".
Por otro lado, continuó la Lic. María del Río, otra ley aprobada el año pasado es la del "donante presunto", una norma que supone que los ciudadanos al morir donan su cuerpo al Estado, “a menos que hayan manifestado expresamente lo contrario; autorizando a que después de la muerte se realice la extracción de órganos o tejidos. Se puede restringir la voluntad de donar algunos órganos o tejidos, o determinadas finalidades –implantes en humanos vivos, estudio o investigación– porque el texto de la ley no especifica que la ablación se haga sólo para transplantes de órganos entre humanos, sino que da carta blanca a las autoridades para disponer de los órganos para cualquier finalidad" advirtió.