LIMA,
Esta semana el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas dictaminó –a pedido de un grupo abortista– que el Estado Peruano “violó los derechos” de una joven madre por no permitir que aborte a su hija con anencefalia, una malformación genética que supone la temprana muerte del bebé pero no representa riesgos graves para la gestante.
En el año 2001, Karen Llontoy tenía 17 años de edad. Resultó embarazada y a las 14 semanas de gestación diagnosticaron que su bebé sufría anencefalia, es decir que no estaba desarrollando hemisferios cerebrales y moriría poco después de nacer. Un médico le sugirió someterse a un aborto, pero el director del hospital público en el que se atendía negó esta posibilidad porque la ley peruana sólo permite esta práctica en caso de riesgo de vida de la madre o daño permanente.
Según explica el doctor en bioética Renzo Paccini, “la madre no está enferma por portar un bebé que padece anencefalia y abortarlo no supone una curación. La anencefalia del concebido no supone ningún riesgo para la salud de la madre. Es una situación humanamente dramática y supone un sufrimiento para los padres y especialmente para la madre que como mujer está biológicamente abierta a acoger una vida en su cuerpo, pero en sí mismo un bebé anencefálico no implica que el embarazo suponga ningún riesgo para la vida o la salud de la madre”.
A pesar de estas evidencias, la ONG abortista Center for Reproductive Rights (Centro para los Derechos Reproductivos), que tiene entre sus objetivos “garantizar” el aborto legal, junto a la red feminista CLADEM y DEMUS, recogió el caso de Karen y lo presentó ante la ONU buscando un precedente para introducir el aborto por anencefalia bajo la etiqueta de “aborto terapéutico”.
“El aborto nunca es terapéutico porque matar una criatura no cura ninguna enfermedad en la madre. El hecho de que un niño sea anencefálico no le quita su condición de ser humano. Es un niño que padece una enfermedad grave pero no puede ser tratado como un tumor que se deba extirpar”, agrega el experto.
El fallo de la ONU sostiene que Perú ha violado el “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos” y señala que el Estado debería indemnizar a Karen por no haberle administrado un aborto, que para el sistema nacional es ilegal.