MADRID,
Una jueza de Burgos presentó una cuestión de inconstitucionalidad sobre el expediente matrimonial iniciado por una pareja de lesbianas el pasado mes de julio argumentando que "la heterosexualidad de la pareja es un requisito implícito de capacidad exigible al amparo del artículo 32” de la Constitución Española.
La titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Burgos y responsable del Registro Civil, María Luisa Miranda de Miguel, planteó este recurso que cuestiona la reciente modificación del artículo 44 del Código Civil que legaliza las uniones homosexuales, pues la Carta Magna señala que “el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica”.
Con la paralización del expediente de Carmen Martín e Isabel Rodrigo, son ya tres las bodas homosexuales paralizadas en España, después de que jueces de Alicante y Tenerife adoptaran decisiones idénticas.
Por su parte, la pareja de homosexuales anunció que actuará legalmente contra la responsable Miranda de Miguel, porque, a juicio de ellas, su decisión lesiona el derecho a contraer matrimonio tutelado en la reforma del Código Civil aprobada en julio pasado por el Congreso de los Diputados.
La jueza afirma que con la nueva redacción del artículo en cuestión del Código, cuyo segundo párrafo dice: “El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o diferente sexo”, el sentido del texto constitucional se puede vulnerar, pues “la heterosexualidad es el elemento sustancia e identificador de la institución del matrimonio”.
Según la jueza, el artículo 32 de la Constitución es el único de los referidos a derechos y libertades que “recoge la diversidad sexual –hombre y mujer–, por lo que el artículo citado solo garantiza el derecho fundamental a contraer matrimonio a personas de distinto sexo, si bien ello no impide que el legislador pueda regular otros modelos de convivencia en pareja entre personas del mismo sexo, y les atribuya análogos derechos a los previstos en distinto ámbito al matrimonio”.