21 de noviembre de 2024 Donar
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Muestran deficiencias en fallo que autorizó “aborto terapéutico” en Buenos Aires

Un análisis del fallo de la Suprema Corte de Buenos Aires, que autorizó el aborto “terapéutico” a una mujer con problemas cardiacos, muestra que este incurrió en errores de tipo legal al permitir la práctica de algo que está tipificado como delito en la Constitución Argentina.

El Movimiento Fundar señaló que el artículo 86 del Código Penal, en el que se ampararon los jueces para autorizar el aborto, “entra en colisión” con la Constitución Argentina, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y la Constitución de Buenos Aires, que protegen la vida del niño desde la concepción y que son textos que deben primar sobre toda ley.

“La incorporación expresa de estas normas al texto constitucional es el resultado de la reforma constitucional de 1994, de modo que el código Penal, en la redacción del art. 86 analizada, deviene inconstitucional”, afirma el análisis.

Asimismo, indica que la defensa señaló que no se le ha permitido “aportar las pruebas necesarias para demostrar el real estado de salud de la madre y la no aplicabilidad” del Código Penal, que permite el aborto en caso de peligrar la vida de la gestante y “si este peligro no puede ser evitado por otros medios” .

“Existen dudas en el juicio sobre la inminencia del peligro para la vida de la madre. La misma sentencia reconoce que no conoce el estado actual de la madre y se fundamenta en los primeros informes médicos”, advierte Fundar.

El análisis recuerda que el aborto es un delito y no un derecho o una práctica médica, por lo que, tal como señaló el juez Pettigiani en su voto en disidencia, “si lo que se reclama es la autorización” para incurrir en una conducta penalizada, ésta “no puede otorgarse por ningún magistrado”, ya que no se puede “conceder licencia para delinquir”.

Fundar indica que al estar la persona humanaen el centro del interés social, político y judicial”, debe haber “un respeto absoluto por su vida”, la misma que no debe quedar “a merced de la decisión del Estado”.

El texto advierte que “estas decisiones sientan peligrosos precedentes que van minando la convivencia social y dejando a la persona más vulnerable”.

http://www.movimientofundar.org/biblioteca/sevi/gacetillas/sevi_136.htm

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