17 de julio de 2024 Donar
Un servicio de EWTN Noticias

Posible derogación del delito de ofensas a sentimientos religiosos en España podría dejar en “desamparo” a los creyentes

Imagen referencial de una mujer rezando./ Crédito: Pexels.

Expertos en defensa de la libertad religiosa rechazan el anuncio de una próxima derogación del delito de ofensas a los sentimientos religiosos que el Gobierno de España estaría valorando poner en marcha en el marco de un plan llamado de “regeneración democrática”, presentado este miércoles por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. 

En las últimas horas, Sumar, plataforma política de ideología comunista, cuyos diputados forman parte del Ejecutivo en coalición con el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), ha asegurado que ha alcanzado un acuerdo para la derogación del tipo recogido en el artículo 525 del Código Penal español

En ese numeral se especifica que “incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican”.

Las mismas penas se aplican a los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.

La Fundación Española de Abogados Cristianos, que ha denunciado en reiteradas ocasiones a diferentes personas e instituciones por la posible comisión de este delito, ha mostrado a través de un comunicado “descontento” con el anuncio. 

La entidad de juristas considera que, aunque la medida se tome en el marco de un plan que dice contribuir a la regeneración democrática y a la protección de la libertad de expresión, “se trata de un ataque directo a las libertades de los creyentes”. 

A su entender, “todo lo que sea ofender, vejar o insinuar algo de determinados colectivos es perseguido como delito de odio, sin embargo, contra los católicos parece que todo está permitido”. En este sentido, recuerda que el PSOE denunció a una persona que rompió con un palo una piñata con la imagen del presidente Sánchez, “al considerar que podía suponer un delito de odio”. 

Por su parte, María García, presidenta del Observatorio para la Libertad Religiosa y de Conciencia (OLRC), institución que cada año elabora un informe sobre ataques a la libertad religiosa en el país que es referencia para otros estudios internacionales, ha señalado en un comunicado que “con este Gobierno, los creyentes son ciudadanos de segunda con menos derechos”.

De llevarse a cabo la anunciada derogación del tipo penal relativo a las ofensas a los sentimientos religiosos, “va a salir completamente gratis mofarse de las personas que practican una religión”. 

“Con este acuerdo, el Ejecutivo se desvía de la protección legal de la mayoría de los países de la Unión Europea. Mientras este Gobierno protege a otros colectivos, deja en el desamparo jurídico a los creyentes”, denuncia.

Un delito contemplado en la Unión Europea

Según el informe La protección legal de la libertad religiosa en la UE, publicado por el OLRC, 21 de los 27 estados miembros de la Unión Europea contemplan el delito de ofensas a los sentimientos religiosos. Sólo Irlanda, Suecia, Estonia, Francia, República Checa y Croacia no lo contemplan, mientras que Grecia contempla el delito de blasfemia. 

Recibe las principales noticias de ACI Prensa por WhatsApp y Telegram

Cada vez es más difícil ver noticias católicas en las redes sociales. Suscríbete a nuestros canales gratuitos hoy:

WhatsApp Telegram

Entre los países que contemplan estos delitos, algunos imponen penas dos y tres veces más graves, como es el caso de Alemania y Bulgaria. 

El informe recoge además 30 “ataques a los sentimientos religiosos en España” en lo que va del año 2024.

Por otro lado, el artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, ratificado por todos los países miembros, reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y religión, y afirma que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, a practicar libremente su religión en privado y en público, y a cambiar de religión si lo desea”.

A juicio del OLRC, “el artículo del código penal que protege los sentimientos religiosos promueve la convivencia pacífica entre todos los ciudadanos. Por lo tanto, es importante conservarlo”, más aún cuando “se está incrementando la intolerancia religiosa en España, especialmente contra los católicos”.

Las Mejores Noticias Católicas - directo a su bandeja de entrada

Regístrese para recibir nuestro boletín gratuito de ACI Prensa.

Click aquí

Dona a ACI Prensa

Si decides ayudarnos, ten la certeza que te lo agradeceremos de corazón.

Donar