El abogado de familia español Enrique Sainz dio a conocer esta semana en sus redes sociales una sentencia dictada por un tribunal eclesiástico en su país, el cual decretó la nulidad de un matrimonio en el que la esposa tenía una cuenta en la plataforma OnlyFans.
En un video publicado en Instagram el 1 de julio, el letrado detalló que la cuenta fue creada antes del matrimonio y esta se mantuvo una vez casados, siendo ocultada en todo momento.
Cuando el esposo descubrió que su cónyuge mantenía un canal activo en la red social de pago con contenido erótico, decidió presentar su caso al tribunal eclesiástico con el fin de que se declarase nulo el matrimonio.
“Para poder entender esta sentencia, tenéis que saber que el matrimonio eclesiástico obliga a los contrayentes a mantenerse fieles, tener hijos y estar con otra persona para toda la vida, de modo que si en el momento de contraer matrimonio alguno de ellos excluye alguno de estos fines, contrae inválidamente y por tanto se puede decretar la nulidad del matrimonio”, explicó Sainz.
La Iglesia Católica no admite el divorcio, por lo que la nulidad implica que el matrimonio fue inválido desde el principio.