El Obispo de Maldonado-Punta del Este-Minas (Uruguay), Mons. Milton Tróccoli, emitió un decreto que reglamenta los cinerarios parroquiales en el territorio de la diócesis, que abarca tres ciudades.
Basado en el aumento del número de cremaciones que se realizan, y al constatar que algunas prácticas se han realizado sin estar reguladas por la autoridad eclesiástica, el decreto busca justamente ofrecer un marco regulatorio.
Al respecto, el obispo dijo a la revista de FM Gente: “A veces las cenizas son esparcidas en distintos lugares, como parques o en el mar, la idea es ofrecer un lugar digno donde puedan reposar los seres queridos. El que desee puede visitarlos, recordarlos, y rezar por ellos”.
En ese sentido, recordó que las cremaciones no son contrarias al sentir de la Iglesia Católica, y que este decreto permite “que los restos permanezcan en un lugar digno y que sean custodiados”. Los cinerarios, en este caso, son otra forma de sepultura, detalló.
El documento hace hincapié en el necesario respeto y veneración a los restos de los difuntos, como también al lugar donde éstos descansan. Y recuerda que, aunque la recomendación de la Iglesia es “que se conserve la piadosa costumbre de dar sepultura al cadáver de los difuntos, sin embargo, no prohíbe la cremación, a no ser cuando se quiera hacer por razones contrarias a la doctrina cristiana”.
Por tanto, el decreto establece que en el territorio de la Diócesis de Maldonado-Punta del Este-Minas “podrán construirse cinerarios con el fin religioso de depositar en ellos restos humanos cremados, como signo de descanso eterno y esperanza en la resurrección”.