17 de noviembre de 2024 Donar
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Arquidiócesis de México pide a sacerdotes “que se abstengan” de actos que puedan inducir al voto

Imagen referencial./ Crédito: Freepik

Los sacerdotes de la Arquidiócesis Primada de México recibieron instrucciones para que “se abstengan de realizar cualquier acto tendente a presionar o inducir a cualquier persona para realizar el voto en algún sentido”, según un aviso que será colocado en todas las parroquias de la capital mexicana.

Este aviso, emitido por instrucción del Cardenal Carlos Aguiar Retes, Arzobispo Primado de México y elaborado por la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM), compromete a los ministros de culto a una serie de medidas de cara a las próximas elecciones.

El proceso electoral 2023-2024, considerado por el Instituto Nacional Electoral (INE) como el más grande en la historia de México, contempla la elección de 629 cargos a nivel federal, incluyendo 128 senadores, 500 diputados y un nuevo presidente de la República. Además, se llevarán a cabo elecciones para gobernadores estatales, la jefatura de gobierno de la Ciudad de México, congresos locales, ayuntamientos, juntas municipales y alcaldías, con un total de más de 19.000 cargos en juego.

El aviso de la Arquidiócesis de México hace hincapié en que los sacerdotes no deberán “utilizar las reuniones de culto o evangelización para realizar cualquier acto de proselitismo o campaña política”.

Además, se recuerda que por ley, “queda estrictamente prohibido, tanto al interior de este lugar de culto como en sus muros o fachadas interiores o exteriores, realizar cualquier tipo de promoción o publicidad (verbal, gráfica, escrita o de cualquier otra forma), en favor de candidato, partido o coalición política”.

Este avisó será colocado “en un lugar visible de cada una de las parroquias, rectorías y otros espacios de culto” de la Arquidiócesis Primada de México.

Es deber de los ciudadanos participar en las elecciones de manera “libre, consciente y responsable”

Según un comunicado al que tuvo acceso ACI Prensa, dirigido a los responsables de las siete zonas pastorales de la Arquidiócesis de México, el objetivo principal de esta medida es “recordar a todos los fieles católicos su derecho y obligación de participar en las elecciones de manera libre, consciente y responsable”. 

Además se busca “subrayar la prohibición que tienen las asociaciones religiosas de realizar cualquier tipo de proselitismo político o partidista en el contexto de las celebraciones litúrgicas y otras actividades pastorales”.

El documento, firmado por Mons. Salvador González Morales, Obispo Auxiliar de México y vicario general de la arquidiócesis, invita a los sacerdotes a que “promuevan jornadas de oración por la paz, la reconciliación y la unidad de todos los mexicanos”, para que los templos religiosos “sean espacios de diálogo respetuoso, de discernimiento comunitario y de compromiso con el bien común”.

“Como pastores de la Iglesia, los Obispos de México tenemos la responsabilidad de guiar a nuestro pueblo en el ejercicio de sus derechos y deberes cívicos, siempre a la luz del Evangelio y de la Doctrina Social de la Iglesia en este importante momento de vida democrática”, indica Mons. González Morales. 

De encontrarse culpables de violar alguna de las normativas establecidas, los sacerdotes mexicanos podrían recibir sanciones que van desde multas económicas hasta la cancelación del registro de asociación religiosa.

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Cardenales, un obispo y sacerdotes ya fueron sancionados en el pasado

En años anteriores, cardenales, un obispo y sacerdotes mexicanos fueron sancionados por la Justicia mexicana por alentar un voto católico.

En el marco del proceso electoral 2020-2021, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) falló contra dos cardenales mexicanos, un obispo y dos sacerdotes.

En una primera instancia, en noviembre de 2021, la Sala Especializada del TEPJF encontró culpables al Arzobispo Primado de México, Cardenal Carlos Aguiar Retes; al Arzobispo Emérito de Guadalajara, Cardenal Juan Sandoval Íñiguez; al Obispo de Cancún-Chetumal, Mons. Pedro Pablo Elizondo Cárdenas; y a los sacerdotes Mario Ángel Flores Ramos y Ángel Espinosa de los Monteros, de incumplir la legislación electoral al realizar declaraciones durante el proceso electoral federal.

Los ministros de culto habían alentado a los católicos mexicanos a meditar bien el voto, rezar para pedir “luz” a Dios y no votar por promotores del aborto y la ideología de género en las elecciones.

La sentencia fue ratificada parcialmente en enero de 2022 por la Sala Superior del TEPJF, que consideró que los acusados habían transgredido el principio constitucional “de separación Iglesia-Estado”, pero exoneró del proceso al Obispo de Cancún-Chetumal.

El Estado laico y las restricciones para sacerdotes

De acuerdo con el principio de la separación del Estado y la Iglesia, establecido en el artículo 130 de la Constitución de México, los ministros de culto no podrán “realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna”.

La separación de la Iglesia Católica y el Estado se remonta a mediados del siglo XIX, cuando una serie de gobernantes, entre ellos Benito Juárez, promulgaron las leyes hoy conocidas como "de reforma". Estas normas hicieron que, entre otras cosas, se nacionalizaran los bienes eclesiásticos.

Las tensiones entre Iglesia y Estado crecieron aún más en años posteriores, llegando a un punto crítico con la promulgación de la Constitución de 1917.

Esta carta magna pavimentó el camino para la persecución religiosa que se vivió en México en la década de 1920, bajo el régimen de Plutarco Elías Calles, la cual a su turno detonó la Guerra Cristera, con católicos de diversas partes del país levantados en armas para defenderse de la persecución gubernamental, que dejó mártires como San José Sánchez del Río, el Beato jesuita Miguel Pro, el Beato Anacleto González, San Cristóbal Magallanes y compañeros mártires, entre muchos más.

Aunque la Guerra Cristera culminó a mediados de 1929, la persecución duró varios años más. No sería hasta 1992 que la Constitución de México fue reformada y se promulgó la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, que reconoce el estado jurídico de la Iglesia Católica en el país.

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