El estudio jurídico Dignidad y Derecho de Ecuador ha compartido un análisis preliminar para comprender los alcances de la sentencia de la Corte Constitucional que despenalizó la eutanasia en el país sudamericano el miércoles 7 de febrero.
A continuación, 5 datos para entender lo aprobado por el máximo órgano de justicia de este país.
1. El fallo de la Corte Constitucional deberá ser regulada por medio de una ley
La sentencia 67-23-IN/24 ordena a la Defensoría del Pueblo que en un plazo de seis meses “prepare un proyecto de ley que regule los procedimientos eutanásicos, conforme a lo establecido en el fallo”. Dicho proyecto legislativo deberá luego ser debatido por la Asamblea Nacional, que tendrá un plazo máximo de 12 meses para aprobarlo.
2. El tribunal no ha reconocido el “derecho” a la “muerte digna”
En un comunicado compartido con ACI Prensa el 7 de febrero, Dignidad y Derecho destaca “que la sentencia no aceptó la pretensión de la accionante [Paola Roldán] de reconocer un derecho a la eutanasia o a la ‘muerte digna’”.