La Corte Constitucional de Ecuador ha aprobado la despenalización de la eutanasia este miércoles 7 de febrero, en respuesta a la demanda presentada por Paola Roldán, mujer que padece de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad degenerativa incurable.
“La Corte Constitucional se ha lanzado por encima de la Constitución para ir en contra de los vulnerables, en este caso de los enfermos con padecimiento crónico terminal en Ecuador. Se han aprovechado de un caso específico, de una persona con una enfermedad irreversible, para solicitar el acceso a la eutanasia”, ha señalado a ACI Prensa este miércoles, Martha Cecilia Villafuerte, fundadora y directora nacional de Familia Ecuador.
De acuerdo a la líder provida, “este es un golpe muy duro en contra de la dignidad humana y los derechos constitucionales de los ecuatorianos”.
“Siete de los nueve jueces han decidido que es mejor librarse de la carga de un enfermo, permitir que otro le quite la vida, en lugar de reforzar o reafirmar la defensa de sus derechos a una salud integral y digna, con toda la atención que amerita”, denunció.
El 8 de agosto de 2023, Roldán, de 42 años, presentó una demanda ante la Corte para declarar inconstitucional el artículo 144 del Código Penal (COIP), que castiga el homicidio con penas de 10 a 13 años de prisión. Este 7 de febrero, el máximo órgano de justicia del país declaró “la constitucionalidad condicionada del referido artículo”.
De acuerdo a la resolución, el mencionado artículo del Código Penal que prohíbe el homicidio simple sigue siendo válido, pero se establece una excepción para los médicos que ayudan a pacientes que cumplen ciertos criterios: primero, que la persona solicite la eutanasia de manera libre e informada o a través de un representante si no puede expresarse; segundo, que el paciente esté sufriendo intensamente debido a una lesión grave e irreversible o a una enfermedad incurable.