En el día en el que la Iglesia Católica celebra a los Santos Inocentes, asesinados por Herodes en su intento de acabar con la vida de Jesús, entró en vigor la reforma legislativa que despenaliza el aborto hasta las 12 semanas de gestación en el estado mexicano de Aguascalientes.
La reforma fue aprobada por el Congreso de Aguascalientes, donde tiene mayoría el Partido Acción Nacional (PAN), considerado como un grupo político tradicionalmente conservador y provida, durante la madrugada del 15 de diciembre. Al no ser vetada por la gobernadora estatal, María Teresa Jiménez Esquivel, también militante del PAN, la norma fue publicada hoy en el Periódico Oficial del Estado.
En un comunicado, Rodrigo Iván Cortés, presidente del Frente Nacional por la Familia, señaló que los congresistas y la gobernadora del estado de Aguascalientes “han traicionado a un electorado, a una población que confió en que iban a respetar y defender el derecho fundamental a la vida”.
La reforma, publicada en el Periódico Oficial del Estado, modifica los artículos 101, 102 y 103, así como el párrafo cuarto del artículo 196 del Código Penal, alineándose con la resolución emitida el pasado 30 de agosto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Ahora el Código Penal determina en su artículo 101 que el “aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación”. Para esta reforma, se define el embarazo como “la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio”.
El artículo 102 estipula la pena de seis meses a un año para quien ayude a realizar un “aborto forzado”, y en el 103 se determina que no habría sanción en caso de que “el embarazo haya sido causado por hecho punible calificado como violación o estupro”, y cuando “la mujer embarazada corra grave peligro de muerte, a juicio de un médico”.