La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este 6 de septiembre “inconstitucional” la penalización del aborto en el Código Penal Federal.
A través de X (antes Twitter), la SCJN publicó que la Primera Sala “resolvió que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.
El proyecto de sentencia aprobado fue elaborado por la ministra (jueza) Ana Margarita Ríos Farjat, y aprobado con su voto y el de los otros cuatro miembros de la Primera Sala: Jorge Mario Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcantará Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
La sentencia responde a un amparo presentado por la organización feminista Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) contra los artículos 330, 331 y 332 del Código Penal Federal, que establecen las sanciones para las mujeres que abortan, para los profesionales de la salud que realizan el procedimiento y para quienes presionan a las mujeres a abortar.
El amparo rechaza también los artículos 333 y 334, que establecen los casos en los que el delito de aborto no tiene pena.
La sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte establece que “la Justicia de la Unión ampara y protege” a la institución que presentó el amparo.