5. ¿Qué ha dicho la Suprema Corte de Justicia de la Nación?
Aunque los dos casos que se encontraban en agenda de la Primera Sala de la SCJN para su debate han quedado anulados, eran públicos los proyectos de sentencia que iban a discutir y votar los ministros [magistrados].
En el caso del amparo contra el ayuntamiento de Chocholá, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá consideraba en su proyecto de sentencia dar la razón a quien interpuso la demanda, exigiendo a la autoridad edil que "se abstenga en el futuro de colocar en espacios públicos del Municipio de Chocholá signos que hagan alusión a una convicción religiosa específica".
También ordenaba que el ayuntamiento "se abstenga en el futuro de erogar recursos públicos" para colocar símbolos en espacios públicos "que hagan alusión a una convicción religiosa específica".
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Por el contrario, al abordar la demanda de amparo contra el municipio de Mérida, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea determinó que "es infundado" el recurso, dado que "la colocación de cualquier símbolo religioso en el espacio público no vulnera de forma automática la libertad religiosa, pues debe evaluarse el contexto, la intención de la autoridad, y su impacto en las condiciones de pluralidad en el espacio público".
Además, indicó, en ese caso se advierte que "los nacimientos impugnados se colocaron con un sentido meramente ornamental, sin que su trasfondo religioso tenga un impacto considerable en las condiciones de pluralidad en el espacio público".
6. Los pronunciamientos de la Iglesia Católica
En noviembre de 2022, la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) manifestó su preocupación por la posible prohibición de los símbolos religiosos en espacios públicos.
"El Estado Laico –expresó la CEM– no puede ser comprendido como la ausencia, la falsa neutralidad de lo religioso. La eliminación de cualquier signo religioso supone ya la afirmación 'de la increencia'. Esta posición ha ido configurando la corriente 'laicista', cada vez más desplazada en el mundo moderno".
El 26 de junio, la CEM publicó un nuevo comunicado, reiterando que "la libertad religiosa no se circunscribe al culto, sino que va mucho más allá de él, abrazando: la libertad de pensamiento, de conciencia, de expresión plasmándose en manifestaciones artísticas y de educación, en tradiciones populares, entre otras. Lo anterior, ha sido reconocido en nuestra Constitución Política y Tratados Internacionales".