El promotor de justicia de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Mons. Charles J. Scicluna, explicó en una entrevista publicada hoy en el diario Avvenire de la Conferencia Episcopal Italiana dada a conocer por la Santa Sede, la disciplina de la Iglesia, así como el debido proceso canónico que se sigue ante los casos de abusos sexuales cometidos por algunos miembros del clero.
La nota de la Sala de Prensa de la Santa Sede explica que Mons. Scicluna es "prácticamente el fiscal del tribunal del antiguo Santo Oficio, cuya tarea es investigar los llamados delicta gravoria, los delitos que la Iglesia Católica considera en absoluto los más graves" entre los que se encuentra los abusos sexuales cometidos por miembros del clero a menores.
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El promotor explica en la entrevista que "puede ser que en el pasado, quizá también por un malentendido sentido de defensa del buen nombre de la institución, algunos obispos, en la praxis, hayan sido demasiado indulgentes con este tristísimo fenómeno. En la praxis, digo, porque en el ámbito de los principios la condena por esta tipología de delitos ha sido siempre firma e inequívoca".
Mons. Scicluna señala que una mala traducción al inglés del texto que explica las normas a seguir ante los casos de abuso cuya primera edición se realizó en 1922 y luego en 1962 dio pie a "que se pensara que la Santa Sede imponía el secreto para ocultar los hechos. Pero no era así. El secreto de instrucción servía para proteger la buena fama de todas las personas involucradas, en primer lugar las víctimas, y después los clérigos acusados, que tienen derecho –como cualquier persona– a la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario. A la Iglesia no le gusta la justicia concebida como un espectáculo. La normativa sobre los abusos sexuales no se ha interpretado nunca como prohibición de denuncia a las autoridades civiles".
El promotor asegura luego que mientras el entonces Cardenal Ratzinger, ahora Papa Benedicto XVI, ante los casos de abuso sexual siempre "demostró sabiduría y firmeza a la hora de tratar esos casos. Más aún. Dio prueba de gran valor afrontando algunos casos muy difíciles y espinosos (…). Por lo tanto, acusar al Pontífice de ocultación es, lo repito, falso y calumnioso".
Las investigaciones
Cuando un sacerdote es acusado de abuso, explica Mons. Scicluna, "el obispo tiene la obligación de investigar tanto la credibilidad de la denuncia como el objeto de la misma. Y si el resultado de la investigación previa es atendible, no tiene ya la facultad de disponer en materia y debe referir el caso a nuestra congregación, donde será tratado por la oficina disciplinaria".
Tras rechazar las acusaciones de algunos que consideran que su oficina trabaja lentamente, pues no es así, el promotor precisa que entre 2001 y 2010 han revisado unos tres mil casos de sacerdotes acusados de abusos, de los cuales "los casos de sacerdotes acusados de pedofilia verdadera y propia son, entonces, unos trescientos en nueve años. Son siempre demasiados, es indudable, pero hay que reconocer que el fenómeno no está tan difundido como se pretende".
Mons. Scicluna advierte luego que en los procesos "tampoco han faltado otros en que el sacerdote fue declarado inocente o en que las acusaciones no fueron consideradas lo suficientemente probadas. De cualquier modo, en todos los casos, se analiza siempre no solo la culpabilidad o no culpabilidad del clérigo acusado sino también el discernimiento sobre su idoneidad al ministerio público".
El promotor se refiere luego a la acusación de algunos que consideran que los obispos no denuncian ante las autoridades estos delicados casos: "en algunos países de cultura jurídica anglosajona, pero también en Francia, los obispos que saben que sus sacerdotes han cometido delitos fuera del secreto sacramental de la confesión, están obligados a denunciarlos a las autoridades judiciales. Se trata de un deber pesado porque estos obispos están obligados a realizar un gesto como el de un padre que denuncia a su hijo. A pesar de todo, nuestra indicación en estos casos es la de respetar la ley".
Seguidamente comenta el caso de los países en donde los obispos no están obligados por ley a denunciar estos casos a las autoridades civiles: "en estos casos no imponemos a los obispos que denuncien a los propios sacerdotes, sino que les alentamos a dirigirse a las víctimas para invitarlas a denunciar a estos sacerdotes de los que han sido víctimas. Además, les invitamos a proporcionar toda la asistencia espiritual, pero no solo espiritual, a estas víctimas. En un reciente caso concerniente a un sacerdote condenado por un tribunal civil italiano, esta Congregación sugirió precisamente a los denunciantes, que se habían dirigido a nosotros para un proceso canónico, que lo comunicaran también a las autoridades civiles en interés de las víctimas y para evitar otros crímenes".