Por la Dra. Concepción Morales y Adolfo J. Castañeda
¿Qué
se debe hacer cuando peligra la vida una madre embarazada?
En primer lugar hay que distinguir entre el mal llamado
aborto "terapéutico" y el "aborto indirecto". El
aborto "terapéutico" es un aborto directo porque
mata directamente al bebé no nacido como medio
para presuntamente salvar a la madre, cuando en realidad
hay otras alternativas para salvarla a ella y a su bebé
no nacido. Por consiguiente, el aborto "terapéutico",
como todo aborto directo o provocado, es un acto intrínseca
y gravemente inmoral, por cuanto constituye la destrucción
directa de un ser humano inocente, y por ello no está
justificado en ningún caso. En realidad la frase
aborto "terapéutico" es una contradicción
en términos, porque ningún aborto salva
o cura a nadie (que es lo que la palabra "terapéutico" quiere decir).
Distinto es el caso del "aborto indirecto", que en realidad
no es un aborto en el sentido verdadero de la palabra:
no es un aborto directamente provocado. Se trata del caso
en el que la vida de la madre embarazada corre un peligro
inminente, y la situación es tal, que si el médico
esperara a que el bebito fuera viable (momento a partir
del cual puede vivir fuera del útero con la tecnología
disponible), morirían tanto la madre como él,
ya que antes de que llegase el momento de la viabilidad,
se produciría la muerte de la madre y el bebito
moriría también. La situación también
es tal que el médico tampoco tiene otra alternativa
para salvar a los dos, si la hubiera, tendría que
recurrir a ella. Entonces el médico no tiene más
remedio que intervenir, tratando siempre de salvar a ambos
(al bebé no nacido y a su madre). Si en ese proceso
el bebé muere como un efecto no directamente causado
ni querido por el médico, entonces no hay por qué
culpar a nadie. Se trata de un "aborto indirecto", y aunque
ciertamente es una tragedia, no es algo moralmente imputable.
Obsérvese que no estamos hablando de una excepción
a la prohibición del aborto directo o provocado.
El aborto directo o provocado no tiene excepción
alguna. El caso del que estamos hablando aquí es,
como ya hemos señalado, un "aborto indirecto",
tanto en la causa como en la intención. Por consiguiente,
se trata de un caso completamente distinto y que por tanto
cae fuera de la norma que prohibe, de forma absoluta,
la destrucción directa de un ser humano inocente.
Hay que observar también que, en el caso del "aborto
indirecto", no se trata de que el médico escoja
entre salvar al bebé no nacido o a su madre, se
trata de optar por salvar las dos vidas. Si a
consecuencia de tratar de salvar a las dos vidas, muere
una, ello no depende de la opción del médico.
Gracias a Dios, cada vez se logra la supervivencia fuera
del útero materno de niños con menos tiempo
de edad gestacional. Y también gracias a Dios y
al avance tecnológico, se logran salvar bebitos
no nacidos en situaciones en las que antes no se lograban
salvar y en las que por tanto, ya no se puede invocar
el principio del aborto indirecto para justificar una
intervención que da como resultado la muerte indirecta
del no nacido y el que la madre se salve, porque ahora
ambos se pueden salvar.
Veamos los casos de embarazos ectópicos, es decir,
de embarazos fuera del útero. De todos los embriones
ectópicos, el más frecuente es el tubárico.
Este se produce porque las trompas no tienen sana su fisiología
o su anatomía. Ello puede ser causado por inflamaciones
tubáricas, que a su vez son causadas por abortos
provocados anteriormente que dan lugar a infecciones.
También pueden ser causadas por enfermedades de
transmisión sexual; por el uso del
dispositivo intrauterino (DIU o IUD), que dicho sea de
paso, es abortivo; etc. Al ocurrir esto, el grosor interior
de la trompa disminuye, permitendo que pase el espermatozoide
y fecunde al ovocito, pero no permite que pase el ovocito
fecundado o cigoto (o sea, el nuevo ser humano) por la
trompa hacia el útero, sino que queda atrapado
en la trompa y al crecer la rompe y muere el embrión
y puede morir la madre, si no se detecta a tiempo.
En la época pre-ultrasonido generalmente se hacía
el diagnóstico cuando la trompa ya se había
roto. Ahora se puede diagnosticar con más frecuencia
y antelación con el niño vivo dentro de
la trompa. Es entonces que se crea el dilema ético
y se aplica el principio del "doble efecto", que en este
caso implica sacar un órgano enfermo dentro del
cual hay un niño vivo.
Sin embargo, hay que valorar en qué medio se está.
No es igual un embarazo tubárico en un centro médico
donde se tiene la tecnología adecuada que en otro
donde no se tiene. Por otra parte, hay que valorar la
posibilidad de que ese embrión tubárico
en vez de reventar la trompa sea expulsado hacia la cavidad
abdominal, produciéndose así un embarazo
ectópico abdominal. En esos casos el embarazo puede
llegar a término y nacer el niño vivo por
laparotomía.
Pero aunque el niño permanezca en la trompa, con
la tecnología moderna, ha habido casos en los que
se ha llevado al niño de la trompa al útero
y consecuentemente se ha salvado al niño. Esto
sería la forma ideal y correcta de tratamiento
del embarazo ectópico tubárico, ya que se
salvaría el niño, además de la madre.
Pero, lamentablemente, requiere técnicas y equipos
no disponibles en todos los lugares del mundo. Donde sí
los haya, estos medios se deben emplear, se trata de un
grave deber ético.
Tener una "expectación armada" ante el embarazo
ectópico es lo que se debe hacer. Ello se refiere
a que los médicos estén con la tecnología
y los medicamentos listos, pero sin intervenir siguiendo
muy de cerca a la mujer en esta situación, la cual
estaría hospitalizada durante todo este tiempo,
para entonces, en el momento adecuado, si ello es posible,
salvar también al niño no nacido y si no,
esperar a que este muera de forma natural para entonces
extraerlo. De esa manera se estaría respetando
la vida del niño ectópico. Hay que realizar
esfuerzos, en la medida de lo posible, para que esa "expectación
armada" se lleve a cabo en todas las instalaciones médicas.
Ello también es un grave deber moral.
Pero, lamentablemente, no en todas partes se cuenta con
lo necesario para ello y el índice de muerte materna
por embarazo tubárico es muy elevado y los niños
que nacen a consecuencia de un embarazo ectópico
es muy bajo y muy pocos sobreviven. Aunque hay que respetar
toda vida
humana, la situación inmediata de la mujer en un
embarazo ectópico es mucho más grave que
la de una mujer embarazada en el caso, por ejemplo, de
un cáncer de útero, en el cual sí
se pueden salvar a ambos: madre e hijo no nacido con la
tecnología de que se dispone en la actualidad en
prácticamente todos los lugares del mundo.
La Dra. Concepción Morales es Especialista de
Medicina Interna del Hospital Materno-Docente "Hijas de
Galicia" y Presidenta de Pro-vida Cuba, organización
de la Iglesia Católica. Adolfo J. Castañeda
tiene una licencia en teología moral de la Academia
Alfonsiana en Roma y es Director de Programas Educativos
de Vida Humana Internacional.