Es
inadmisible la afirmación de que el DIU no es abortivo,
cuando las mismas revistas especializadas y hasta la Organización
Mundial de la Salud en sus informes al respecto, así
lo reconocen explícitamente. Tanto es así,
que mientras fue ilegal el aborto fue prohibida su comercialización
e implantación en los mismos Estados Unidos .
El Laboratorio que fabrica y distribuye el Para Gard,
DIU de última generación, modelo T 380 A
en Estados Unidos, distribuye en forma obligatoria, un
formulario con una extensión de 11 páginas,
de carácter de declaración jurada, la que
debe ser rubricada por la interesada en su colocación,
en 12 oportunidades. En la misma se informa sobre todas
las contraindicaciones y efectos secundarios que les puede
ocasionar el DIU.
Recordemos que el nombre T de cobre le es dado por una
membrana galvanizada de cobre que recubre al cuerpo plástico
en forma de "T" que tiene el dispositivo.
Por sus características anatómicas, se advierte
que el DIU no es un dispositivo de barrera, es decir,
no impide la libre circulación de los espermatozoides
hasta encontrarse con el óvulo. Su función,
en realidad, es, como agente exógeno al organismo
femenino, producir irritación e inflamación
en las paredes internas del útero (endometrio),
con lo cual, lo hace pasible y propenso a contraer una
serie de infecciones muy delicadas y que imposibilitan
que el óvulo fecundado por el espermatozoide (huevo)
puede anidar o implantarse en esa pared. Esto lleva a
que se desprenda y provoque un sangrado intermenstrual
en el cual es expulsado. Es decir, un aborto.
La declaración jurada antes mencionada, elaborada
por el mismo Laboratorio, explica lo dicho de la siguiente
forma: "Cómo actúa el Para Gard: Todavía
no se comprende exactamente la manera en que el Para Gard
impide el embarazo. Se han sugerido varias teorías,
entre ellas, la interferencia con el transporte, la fecundación
y la implantación de espermatozoides. Los estudios
clínicos con el DIU portadores de cobre indican
que la fecundación se altera, ya sea porque varía
el número de espermatozoides o por la falta de
viabilidad de éstos. Los DIU no inhiben la ovulación
(producción y liberación de un óvulo
de los ovarios). El Para Gard no siempre evita la producción
de embarazos ectópicos (el embarazo fuera del útero,
llamado a veces embarazo tubárico). El embarazo
ectópico puede requerir cirugía y dejarla
incapacitada para tener hijos; en algunos casos puede
causar la muerte".
"Todavía no se comprende...", "Se han sugerido
varias teorías...". En buen cristiano, vemos que
el mismo fabricante reconoce no saber cómo es anticonceptivo.
En realidad, porque no lo es. Y habla de evitar la "implantación
de espermatozoides". ¡Como si el espermatozoide pudiera
implantarse por sí solo en el útero!
Más adelante, la misma declaración jurada
sentencia: "Factores especiales de riesgo: ...Los datos
indican que hay más posibilidades frente a otras
mujeres, de que las usuarias del Para Gard contraigan
una grave infección denominada enfermedad inflamatoria
pélvica (EIP), especialmente si mantienen relaciones
sexuales con múltiples compañeros. La EIP
es el término médico conque se designa la
infección del área pélvica superior.
En esta área se encuentra el útero (matriz),
las trompas de Falopio, lo ovarios y los tejidos circundantes
(La vaginitis, o infección local de la vagina,
no es EIP, pero puede llevar a ella). Los estudios realizados
indican que el mayor número de casos de EIP se
producen poco después de la inserción del
DIU y hasta 4 meses después. La EIP puede causar
obstrucción permanente de las trompas, esterilidad,
embarazo ectópico o, en raras ocasiones, la muerte.
Si ud. tiene ahora o ha tenido alguna vez EIP, no debe
usar el Para Gard. La EIP es una infección causada
por la gonorrea, clamidias u otros organismos microscópicos.
La EIP es a menudo una enfermedad de transmisión
sexual (ETS o EV)..."
Vemos pues, que el DIU no solo no es anticonceptivo, sino
que es abortivo, favorece las enfermedades de inflamación
pélvica, la obstrucción de las trompas de
Falopio, la esterilidad definitiva, los sangrados constantes
(y por consecuencias, anemias, debilitamiento, etc.) y,
en algunos casos, hasta la muerte de la usuaria.
Muchas cosas se clarifican cuando nos enteramos que el
dueño de la patente del para Gard es el propio
Consejo de Población, organismo vinculado a la
Fundación Rockefeller y consultor de la ONU, junto
a Gyno Pharma, una pequeña corporación farmacéutica
establecida como frente a petición del propio Consejo
de Población.
El laboratorio Schering Argentina S.A.I.C. comercializa
en nuestro medio el DIU de tercera generación "NOVAT",
para cuya propaganda agrega un rótulo que reza:
"Método avalado por el Population Council" (Consejo
de Población).
A tal fin, ha publicado una serie de cuadernos en donde
brinda iformación sobre contraceptivos.
En el cuaderno Nro. 1, titulado "Contracepción"
(escrito por Gerd K. Doring; sin fecha de publicación),
al referirse a la acción del diu, dice: "Los anillos
intrauterinos y las espirales impiden la implantación
del huevo fecundado en el endometrio" (pág. 13).
Y en el cuaderno Nro. 4, titulado "Ginecología
y obstetricia" (escrito por Adolf Eduard Schindler y Eva-María
Schindler; Bs. As. Argentina, 1.989), se dedica todo un
apartado a la contracepción postcoital (págs.
17 a 19), eufemismo para referirse a métodos y
prácticas abortivas. En esas páginas, se
menciona el DIU, y entre otras cosas afirma: " Se puede
lograr una contracepción postcoital relativamente
segura hasta 4-6 días después del coito
sin protección, mediante la colocación de
un DIU..." Desde luego, después de 6 días,
si las condiciones orgánicas de la mujer eran favorables,
la fecundación ya se produjo, ya hay nueva vida,
ya hay persona. Pero todavía no ocurre la anidación
del huevo en el endometrio, por lo que la colocación
del DIU es viable para impedirla definitivamente. Estamos
lisa y llanamente frente a una práctica abortiva.
Por si persisten las dudas, el cuaderno sigue, y al mencionar
las indicaciones para la colocación del DIU, entre
otras, enumera:
". Planificación familiar cumplida, pero no se
desea la esterilización;
. Directamente en la interrupción del embarazo;
. Como contraceptivo postcoital" (pág. 21-22).
Y al mencionar las complicaciones posibles con el uso
del DIU, afirma:
"... Inflamación del cuello y de los genitales
internos...
. Perforación;
. Aumento del índice de embarazos extrauterinos;
. Gestaciones intrauterinas" (pág. 22).
Nos permitimos remitirnos a un artículo de actualización
científica publicado en la "Revista de la Facultad
de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional
de Cuyo, República Argentina. 1.989 VOL. XI Nro.
1"
En este artículo, titulado "Dispositivo intrauterino
y embarazo", encontramos afirmaciones y sentencias como
las siguientes:
. "Si una portadora de DIU se embaraza, esta situación
puede resultar complicada, más allá de posición
que pueda adoptar la pareja sobre el futuro de dicha gestación.
Es muy probable que el embarazo termine en un aborto espontáneo
del primer o segundo trimestre... ...Si no se extrae el
DIU, aproximadamente 50 % de los embarazos ortotópicos
abortan espontáneamente... O sea que esta situación
representa de 3 a 5 veces más que la tasa de abortos
espontáneos en usuarias de otros métodos.
Algunos estudios evidencian que más de la mitad
de dichos abortos ocurren el el 2do. trimestre. En 1.984
en los Estados Unidos se publicó un trabajo respecto
a 539 mujeres con DIU, que tenían 26 veces más
probabilidades de tener un aborto espontáneo séptico
en el 2do. trimestre respecto a las mujeres embarazadas
sin DIU. Evidentemente que las complicaciones infecciosas
en el 2do. trimestre son más graves que las de
aborto espontáneo temprano" (pág. 35).
Y continúa: "Otro de los problemas que pueden plantearse
es el de las anomalías congénitas que suelen
presentarse en los embarazos de las portadoras de DIU...
Mishell estudió los tejidos expulsados de mujeres
que abortaron espontáneamente y eran portadoras
de DIU. En su estadística, 21 de 110 presentaron
anomalías embrionarias" (pág. 36).
Después agrega: "Si recordamos la acción
del DIU, se puede decir que éste disminuye la nidación
uterina en 99,5 % y en trompa en 95 %. Por lo tanto, si
ocurre un embarazo con DIU, hay mayor posibilidad que
sea ectópico" (pág. 36).
Y remata afirmando: "Hace pocos años ha llamado
la atención el incremento de E.I.P (enfermedades
de inflamación pélvica) debido a las enfermedades
sexuales transmisibles y se ha sugerido que se produce
con mayor freuencia en casi 50 % de las portadoras de
DIU. La prueba epidemiológica de esta hipótesis
viene de los estudios que muestran un aumento de las tasas
con una mayor duración de uso el DIU" (pág.
37).
Termina el artículo: "Por último, dos palabras
sobe la recuperación de la fertilidad de aquellas
que abandonan el uso del DIU. La recuperación no
depende del tipo de DIU ni del tiempo de uso, sino de
la gravedad del daño que éstos ocasionan"
(pág. 37).
Firma el artículo el mismo Dr. Héctor Osvaldo
Lotfi, por entonces, Profesor titular de Clínica
Ginecológica de la Facultad de Cs. Médicas
de la U.N.C.- Mendoza - Argentina..
José Murri.
Fuente: Revista Arbil